Guayana Esequiba:
Un Asunto de Estado
Dr. Abraham
Gómez R.
Miembro de la Academia Venezolana de
la Lengua
Asesor de la Fundación Venezuela
Esequiba
Miembro del Instituto de Estudios
fronterizos de Venezuela
Presidente del Observatorio Regional
de Educación Universitaria (OBREU)
Tengo la
seguridad que una inmensa mayoría de compatriotas venezolanos coincide conmigo
cuando expreso que lo peor que podemos hacer es abrir una innecesaria e
inconveniente confrontación política-partidista interna en nuestro país,
relacionada a la Guayana Esequiba, precisamente en este momento apremiante
cuando nos encontramos concernidos en un serio pleito jurídico, en el Alto
Tribunal de La Haya por la séptima parte de la geografía venezolana, que nos
arrebataron de manera alevosa y vil.
Hoy, más que
nunca, se hace imprescindible la absoluta y sólida unidad de todos los
sectores, sin excepciones. Hay una inmensa acechanza desde el exterior que nos
obliga a encarar unidos, en una sola determinación patriótica; indistintamente
a las diferencias que tengamos, que las tenemos.
Insisto en
señalar que debemos reforzar la estructuración de defensa jurídica, sin recelos
ni mezquindades, un bloque opinático compacto, para contrarrestar las pretensiones
de la Parte que nos rivaliza, por las acciones unilaterales en contra nuestra
que ellos interpusieron por ante la Corte.
Sería
desastroso si nos peleamos internamente; si cada quien cree que le puede sacar
provecho para su parcela política-partidista o nos ausentamos del Ente Juzgador;
porque, de todas maneras, el juicio sigue su curso.
No hay vuelta atrás. La Corte podría llegar a
sentenciar en nuestra ausencia (Artículo 53 del Estatuto de la Corte). ¡Mucho cuidado con eso…!
La contención
por la Guayana Esequiba rebasa los egos individualistas mal curados, los
particularismos confesionales, raciales o de cualquier otra índole.
Este caso nos necesita unidos como país, con
criterios unánimes.
Destacamos la
labor de las ONG que han sido creadas
para adelantar hermosas actividades al respecto; así, además, hacemos el
reconocimiento debido al Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela; lo
propio cabe para el Consejo Venezolano de Relaciones Internacionales(COVRI),
para las Fundaciones en su
insistente afán de concienciación;
igualmente la determinante posición de La Academia de Ciencias Políticas y
Sociales , igualmente la tarea que ha cumplido la Alta Comisión Presidencial en Defensa del Esequibo y
la Comisión que para tales efectos se
conformó en la Asamblea Nacional.. Todos en una sola motivación y propósito -
de esfuerzos elogiadamente ponderados- constituye un ejemplo de lucha sostenida
sin actitudes atrabiliarias o estrepitosas; porque, aquí se requiere talento y
densidad en la formación documental y doctrinaria, para insistir en la
reclamación y defender en la Corte Internacional Justicia o donde haya lugar lo que honradamente siempre ha
sido nuestro; que vilmente nos arrebataron, en una tratativa perversa mediante
añagazas jurídicas.
Este caso
litigioso estamos obligados a estudiarlo y manejarlo invocando la solidaridad
de toda la población venezolana; concitando las mejores voluntades e
inteligencias.
Para el 11 de
agosto de este año, cuando el Jefe de Estado –por cuanto es su atribución
constitucional-- determine la comparecencia o no de Venezuela, para la fase de pruebas
para representar a nuestro país en el mencionado juicio, será densa la alforja
de Títulos históricos y jurídicos (que no admiten cuestionamiento en contrario)
que presentaremos para la examinación e investigación por parte del Jurado
sentenciador de la Corte Internacional de Justicia.
En el caso
litigioso que nos ocupa frente a la pretensión guyanesa --el cual ha escalado
hasta la Sala Juzgadora de La Haya -- nos atrevemos a exponer el carácter de
cogencia de nuestros Justos Títulos —iuris et de iure-- que acompañan a la
enjundiosa cartografía que nos respalda. Títulos y mapas de incuestionables
probanzas.
El principio
de cogencia, por ejemplo, tan interesante en otras situaciones, también aplica
en este caso.
En el ámbito jurídico,
concretamente en el Derecho Internacional, la cogencia se refiere a las normas
que se imponen de manera obligatoria y que no pueden ser alteradas por los
particulares. Digamos que son normas necesarias o imperativas; por cuanto,
poseen, en sí mismas, eficacia incontrovertible, irrebatibles, por los asideros
que las respaldan, vale decir, no se pueden suprimir o alterar.
Su aplicación
no depende de la voluntad de los particulares. Se imponen forzosamente.
Decimos que
hay suficiente cogencia en la solicitud nuestra restitución; porque, los
argumentos jurídicos, históricos, cartográficos que atesoramos confirman
nuestra propiedad sobre esa extensión territorial en contención.
Todos los
mencionados registros señalan, en sus premisas, afirmativamente que la Guayana
Esequiba siempre ha sido nuestra; así entonces, las conclusiones a tales
elementos inductivos arrojan aportes deductivos a nuestro favor.
Con la mayor
modestia, me permito explicar.
Nuestro
portafolio cartográfico ha adquirido la condición de argumento cogente; porque
sus componentes constituyentes (los mapas registrados y asentados) han
resultado, en sí mismos, premisas de solidez histórica hacia nosotros.
Toda la
cartografía de la región —hasta ahora estudiada y examinada-- ha develado de
modo conclusivo que la Guayana Esequiba ha estado siempre, en cualquier mapa,
correspondiendo a la Capitanía General de Venezuela (1777) y sucesivamente a la
República de Venezuela.
Si todos los
mapas inductivamente confieren categoría afirmativa de la propiedad de
Venezuela sobre la Guayana Esequiba, entonces la conclusión deductiva debe ser
afirmativa.
Una manera de
construir y comportar un razonamiento de lógica jurídica cogente e irrebatible.
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