sábado, 26 de noviembre de 2022

 

Guayana Esequiba: escenarios probables de resolución de la Corte

 Dr. Abraham Gómez R.

 Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua

 Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV)

 Asesor de la Comisión de Defensa del Esequibo y la Soberanía Territorial

 Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba

 

Con racional optimismo me permito celebrar el inmenso entusiasmo avivado en   la población venezolana; la cual se ha mostrado (en todas partes) de acuerdo con las gestiones desarrolladas para reclamar y defender jurídicamente – por ante la Sala Juzgadora de la ONU-- la extensión territorial que nos desgajaron por el costado este de nuestra geografía.

 

Así, además, percibimos, directamente en nuestros encuentros presenciales en las universidades, plena solidaridad con las decisiones que viene tomando el Ejecutivo Nacional; con las cuales queda   involucrado todo el país; porque se ha asumido como Política de Estado, sin distinciones de ninguna naturaleza.

Los pleitos internos y ajustes de cuentas, por otros motivos y circunstancias, corresponden a conceptos diferentes a esta importante y trascendental determinación patriótica.

 

El presente asunto litigioso—el más importante de las Relaciones Exteriores de Venezuela-- debe concitar una absoluta unidad nacional; sin imprudentes exclusiones, sin dejar a nadie a un costado porque tenga una ideología divergente, o piense y milite en organización política contraria al gobierno.

 

Lo vengo diciendo en todas mis conferencias, en los siguientes términos:  está errado y muy equivocado quien crea que puede aprovechar esta controversia para sacarle dividendo político-partidista.

En el litigio internacional en que nos encontramos imbuidos es obligante constituir un tejido hermoso de todos los sectores de la vida activa del país.

Hay que marcar un precedente de integridad y solidaridad nacional; en tanto desafío, en este tramo epocal de nuestra historia, para reivindicar la memoria de nuestros próceres; quienes también lucharon por la restitución de lo que se nos arrebató vilmente.

 

Cometería un delito de lesa patria quien se preste a hacerle comparsa a la parte que nos adversa en este pleito.

 La semana pasada, la delegación diplomática guyanesa dio manifestaciones que viene con todo, a jugársela completa; nosotros también estamos dispuestos a la confrontación jurídica, sin dilaciones innecesaria e injustificadas; con nuestros Justos Títulos traslaticios que nos acreditan como los verdaderos y legítimos propietarios de tales 159.500 km2 y su correspondiente proyección atlántica.

 

Por mucha oposición que se sienta (u odios mal curados) por el actual gobierno; sería sumamente grave que algún compatriota entre a coquetear, a aupar y a conectarse – en escritos hechos públicos o en conversaciones privadas— con la fórmula jurídica que ha estructurado la excolonia británica contra nosotros.  

 

Si alguien, con bastantes y comprobados conocimientos en Derecho Internacional Público, cree que la delegación diplomática que nos representó en la Corte Internacional de Justicia ha incurrido en desaciertos estratégicos en las Audiencias recién realizadas en La Haya; entonces, lo más aconsejable es que con la mayor discreción se lo haga saber. Hay vías de comunicación bidireccional   tendidas a esos efectos.

En la Academia hemos aprendido que las correcciones que mejor efecto surten son precisamente las que se hacen con privacidad; con mucha más razón, aun, cuando hay un adversario inescrupuloso, dispuesto a sacarle provecho a cualquier desliz, por mínimo que sea; peor todavía, cuando le mostramos a la contraparte el “supuesto error nuestro” desde nuestra propia cancha.

Hay un viejo refrán que cobra fuerza, en este momento: “los trapitos sucios se lavan en casa

Requerimos de las mejores inteligencias de Venezuela; por cuanto, no es poca cosa la que estamos encarando en el pleito por fronteras interestatales en América, más prolongado.

Nos aprestamos a esperar la decisión sentencial que pueda tomar ese Cuerpo Juzgador, en base a la Excepción Preliminar que introdujimos, el pasado 07 de junio, considerada cuestión incidental; donde pedimos la inadmisibilidad de la Acción interpuesta por Guyana contra Nosotros. Excepción Preliminar que, como parte demandada planteamos conforme al artículo 79 del Reglamento:

 

“1. Cualquier excepción a la competencia de la Corte o a la admisibilidad de la solicitud, o cualquier otra excepción sobre la cual el demandado pide que la Corte se pronuncie antes de continuar el procedimiento sobre el fondo…”

 

“9. La Corte, oídas las partes, decidirá por medio de un fallo, en el que aceptará o rechazará la excepción o declarará que la excepción no tiene, en las circunstancias del caso, un carácter exclusivamente preliminar. Si la Corte rechazara la excepción o declarara que no tiene un carácter exclusivamente preliminar, fijará los plazos para la continuación del procedimiento…”

Nos preguntan, con insistencia, qué resultará; cómo resolverá la Corte, después de haber escuchado – la semana pasada en Audiencias Públicas-- a las Partes conflictuadas.

 La gente desea conocer – hipotéticamente-- con qué nos podríamos conseguir, en esta decisión preliminar, pronunciada con anticipación; que no va –obviamente-- al fondo del asunto; es decir, a  la validez o invalidez del Laudo Arbitral de París, del 03 de octubre de 1899; sino decidir si se admite o no la demanda que presentó la República Cooperativa de Guyana, el 29 de marzo del año 2018, contra la República Bolivariana de Venezuela.

Supongamos que la Corte desestima la demanda, e inmediatamente reenvía el caso al Secretario General de la ONU, para que explore y alcance otra alternativa de solución “práctica y satisfactoria” para ambas partes, conforme al artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas. Dígase, la negociación directa, la mediación, la conciliación y hasta un nuevo arbitraje; pero esta vez, excluyendo el arreglo judicial porque quedó desechado por la Sala.

 

 La Corte también podría desestimar la Demanda y ordenar a las Partes a que reestablezcan una negociación directa, sin la participación del citado funcionario de las Naciones Unidas; dentro de lo contemplado en el Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

 Atendamos también a la siguiente probabilidad. El Alto Tribunal puede sentenciar como admitida la demanda, y emite órdenes para continuar con el Proceso en las fases subsiguientes; impelida, entonces, a conocer el fondo de la litis.

De darse el escenario anteriormente señalado, a Venezuela le correspondería, entre otras disposiciones: declarar significativa e inequívocamente la competencia de la Corte y manifestar plena voluntad de hacerse parte del juicio (Forum Prorogatum).

También nuestra delegación –sobre esa condicionante- puede declarar la incompetencia de la Corte para avanzar con este juicio y deja sentada su incomparecencia.

Podría nuestro país, además, como contundente estrategia: manifestar su comparecencia bajo protesta, y en el mismo acto recusar a la jueza australiana Hilary Christiane Mary Charlesworth, porque tiene severos impedimentos jurisdiccionales; dado que ella fue la juez ad-hoc de Guyana, hace apenas dos años; con lo cual tiene seriamente comprometida su imparcialidad en el juicio.

Venezuela, al darse por concernida en el probable juicio, podría solicitar la incorporación del Reino Unido, como parte interesada, por ser el causante del despojo y provocador de la controversia; no obstante, el Principio de Consentimiento previo (“Caso oro amonedado de Roma-Albania 1943”).

Venezuela podría formalizar, ante la Corte, la incorporación de un Amicus Curiae para reforzar la documentación de probanza y la vocería nuestra en ese Cuerpo Sentenciador.

 

sábado, 19 de noviembre de 2022

 

Guayana Esequiba:  la contraparte se manifestó inconsistente y repetitiva

Dr. Abraham Gómez R.

Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua

Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV)

Asesor de la Comisión Especial de Defensa del Esequibo y la Soberanía Territorial

Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba

 

Primero, antes de entrar en las consideraciones centrales de estas reflexiones, deseo expresar mis infinitas y profundas congratulaciones a la digna representación, orgullo de nuestra patria venezolana, ante la Corte Internacional de Justicia: a la Dra. Delcy Rodríguez, al historiador Samuel Moncada, a la Dra. Esperanza Calatayud, al Dr. Antonio Remiro Brotons, Dr. Paolo Palchetti, Dr. Christian Tams, Dr. Alfredo Orihuela, Dr. Carlos Espósito, Andreas Zimmermann y a todos los demás excelentes profesionales del Derecho.

Cada tejido discursivo estuvo denso, contentivo de una inocultable e irrebatible realidad histórica, jurídica y cartográfica; suficientemente documentado.

Venezuela toda – sin diferenciaciones—ha cerrado filas en este caso litigioso.

Prestemos ahora atención a lo siguiente: luego de las endebles exposiciones de la contraparte guyanesa en La Haya ha aflorado demasiada desesperación en el gobierno de ese país; tanto que, su presidente Irfaan Ali acaba de hacer un llamado de emergencia a soldados y veteranos a defender la integridad territorial.  Resultan demasiados obvios los comentarios que se pudieran adelantar al respecto.

Nuestro país   ha enfrentado cualquier   expresión anacrónica de explotación inhumana e irracional, en cualquier lugar del mundo donde se haya presentado.

Una cosa es nuestra irreductible doctrina y lucha por la descolonización de los pueblos oprimidos por los imperios, y otra la pasividad y la dejadez ante la ignominia; o permitir que   nos despedacen nuestra extensión territorial, como la han pretendido imperios de ayer de hoy, de cualquier signo político e ideológico.

En base a tales designios justificadores de libertad y emancipación fue por lo que nos   hicimos —en aquel entonces-- solidarios con la recién creada República Cooperativa de Guyana, cuando alcanza su independencia   el 26 de mayo de 1966; a pesar –indisimuladamente-- de las marcadas contradicciones del Reino Unido para conceder autonomía político-administrativa a este pedazo de tierra que denominaban Guayana Británica. Hoy Guyana nos paga con una demanda ante la Corte Internacional de Justicia.

 

El Imperio Inglés se remordía al verse obligado por la ONU – mediante aprobado proceso de descolonización-- a tener que tomar la señalada decisión.

Precisamente, fue Venezuela el primer país en conferirle reconocimiento internacional a Guyana, el mismo día en que nacía ante el mundo como Estado Soberano. Hubo que soportar muchas opiniones contrarias a lo interno y desde el exterior que aconsejaban no hacerlo; por cuanto, en el Derecho Internacional Público no existe la figura del “reconocimiento condicionado o con reservas”; y mucho menos, cuando se trata del territorio, como uno de los elementos constitutivos y legitimadores de un Estado, junto con la población y el sistema jurídico.

 Deseo citar la opinión emitida, en su debida ocasión, por eminente constitucionalista Lara Peña:

 

“…. al parecer la colonia inglesa, llamada Guayana Británica había dejado de ser un negocio rentable para el Reino Unido, y se había convertido en una carga económica progresiva; por eso querían desprenderse; no porque querían hacer justicia. Fue entonces, en tales circunstancias que los venezolanos perdimos la oportunidad de que se nos hiciera justicia; al pedir primero, antes de darles el reconocimiento, la reparación del daño y la restitución de lo que nos fue robado. Reparación que debía hacerla el país que había cometido el hecho delictuoso y no dejárselo a quien le sucediese…”

 

Venezuela, no obstante, antigua colonia española, siempre ha mantenido el blasón anticolonialista.

 

Igualmente, nos llenamos de supremo orgullo nacionalista cuando proclamamos ante el concierto de los demás países del mundo que la Política Exterior de Venezuela –no obstante, los gobiernos de distintos signos—se ha estructurado, permanentemente, con base a los resultados del glorioso pasado histórico, que nos confieren bastante sustentación como Nación-Estado. A lo anterior, agreguemos además las circunstancias del presente que vivimos en el cual nos asentamos y perfilamos para seguir/salir adelante, con todas las limitaciones confrontadas; y debe complementarse la Política Exterior con los hechos contingenciales que pudieran acaecer, previsiblemente, en el futuro.

 

Resultó vergonzoso ver en las Audiencias Públicas a la delegación guyanesa y a los abogados que la representan esgrimir en sus exposiciones – en una reiterativa vertebración— hacer una defensa a ultranza al “Imperio Inglés” – precisamente el causante de la controversia, en la que ahora nos encontramos.

Cada intervención apuntaba en el mismo sentido: dejar a salvo al Reino Unido en este pleito.

 Se le vieron demasiado las costuras – y las componendas--; porque, el “Imperio Inglés” debe hacerse parte del juicio, en su condición de firmante y corresponsable del Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966, con el cual se determina la condición de írrito y nulo, y por lo tanto inexistente el Laudo Arbitral de París, de 1899, donde ellos, en ominosa componenda con el ruso prevaricador DeMartens, nos perpetraron el alevoso desgajamiento de una séptima parte de nuestra geografía nacional.

 

Es el mismo Imperio Inglés—el de antes como el de ahora (rehuyendo su responsabilidad)—que nada descubrió ni pobló, ni civilizó desde el principio en América; se limitó a la función del que recoge (y roba, en este caso) lo que no siembra; del que se aprovecha de lo que ningún esfuerzo le ha costado.

En el pasado Acto Procesal en la Corte, el Reino Unido puso a la orden de la contraparte en contención a quienes ellos suponían densamente preparados en este asunto litigioso, y fue un estrepitoso fracaso; no tuvieron los resultados que esperaban.

 

La expectativa mundial percibió a tales juristas con manifestaciones timoratas; con discursos perdidos, sin fundamentación en lo que estaban exponiendo; incluso amenazantes con desempolvar las memorias de DeMartens --para alegar qué-- si fue este abogado justamente quien fungió como presidente del jurado arbitral y tramó el ardid de colusión contra Venezuela.

 

Cuando ya este pleito ha escalado ante la Sala Juzgadora de la Naciones Unidas, y ya somos parte del “juicio” se hace preciso destacar el significativo aporte para el mundo del reconocido jurista sueco Gillis Weter, quien, en un enjundioso estudio de cinco tomos, denominado “Los Procedimientos Internacionales de Arbitraje” (Edición-1979); precisamente en su 3er. tomo, dedicado al arbitraje entre Venezuela y la Gran Bretaña, concluye que:

 

“…Ese laudo Arbitral constituye el obstáculo fundamental para que se consolide la fe de los pueblos en el arbitraje y en la solución de controversias por vías pacíficas. Tal sentencia adolece de serios vicios procesales y sustantivos, y fue objeto de una componenda de tipo político”

 

la anterior cita viene a propósito; por cuanto, los coagentes guyaneses y sus carísimos abogados insistieron “machaconamente” en su réplica que la Corte declare — según sus “competencias jurisdiccionales”—que la decisión del Laudo constituyó una “liquidación completa, perfecta y definitiva” en todas las cuestiones relacionadas con la determinación de la línea fronteriza entre la excolonia británica y Venezuela.

 

En concreto, solicitan que se declare la decisión arbitral, contenida en el cuestionado Laudo, como Cosa Juzgada y ejecutoriada por nuestro país. No hubo más argumentación o elementos nuevos. Ninguna mención al Acuerdo de Ginebra.

 

 

 

Guayana Esequiba:  la contraparte se manifestó inconsistente y repetitiva

Dr. Abraham Gómez R.

Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua

Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV)

Asesor de la Comisión Especial de Defensa del Esequibo y la Soberanía Territorial

Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba

 

Primero, antes de entrar en las consideraciones centrales de estas reflexiones, deseo expresar mis infinitas y profundas congratulaciones a la digna representación, orgullo de nuestra patria venezolana, ante la Corte Internacional de Justicia: a la Dra. Delsy Rodríguez, al historiador Samuel Moncada, a la Dra. Iraima Calatayud, al Dr. Antonio Remiro Brotons y a todos los demás excelentes profesionales del Derecho.

Cada tejido discursivo estuvo denso, contentivo de una inocultable e irrebatible realidad histórica, jurídica y cartográfica; suficientemente documentado.

Venezuela toda – sin diferenciaciones—ha cerrado filas en este caso litigioso.

Prestemos ahora atención a lo siguiente: luego de las endebles exposiciones de la contraparte guyanesa en La Haya ha aflorado demasiada desesperación en el gobierno de ese país; tanto que, su presidente Irfaan Ali acaba de hacer un llamado de emergencia a soldados y veteranos a defender la integridad territorial.  Resultan demasiados obvios los comentarios que se pudieran adelantar al respecto.

Nuestro país   ha enfrentado cualquier   expresión anacrónica de explotación inhumana e irracional, en cualquier lugar del mundo donde se haya presentado.

Una cosa es nuestra irreductible doctrina y lucha por la descolonización de los pueblos oprimidos por los imperios, y otra la pasividad y la dejadez ante la ignominia; o permitir que   nos despedacen nuestra extensión territorial, como la han pretendido imperios de ayer de hoy, de cualquier signo político e ideológico.

En base a tales designios justificadores de libertad y emancipación fue por lo que nos   hicimos —en aquel entonces-- solidarios con la recién creada República Cooperativa de Guyana, cuando alcanza su independencia   el 26 de mayo de 1966; a pesar –indisimuladamente-- de las marcadas contradicciones del Reino Unido para conceder autonomía político-administrativa a este pedazo de tierra que denominaban Guayana Británica. Hoy Guyana nos paga con una demanda ante la Corte Internacional de Justicia.

 

El Imperio Inglés se remordía al verse obligado por la ONU – mediante aprobado proceso de descolonización-- a tener que tomar la señalada decisión.

Precisamente, fue Venezuela el primer país en conferirle reconocimiento internacional a Guyana, el mismo día en que nacía ante el mundo como Estado Soberano. Hubo que soportar muchas opiniones contrarias a lo interno y desde el exterior que aconsejaban no hacerlo; por cuanto, en el Derecho Internacional Público no existe la figura del “reconocimiento condicionado o con reservas”; y mucho menos, cuando se trata del territorio, como uno de los elementos constitutivos y legitimadores de un Estado, junto con la población y el sistema jurídico.

 Deseo citar la opinión emitida, en su debida ocasión, por eminente constitucionalista Lara Peña:

 

“…. al parecer la colonia inglesa, llamada Guayana Británica había dejado de ser un negocio rentable para el Reino Unido, y se había convertido en una carga económica progresiva; por eso querían desprenderse; no porque querían hacer justicia. Fue entonces, en tales circunstancias que los venezolanos perdimos la oportunidad de que se nos hiciera justicia; al pedir primero, antes de darles el reconocimiento, la reparación del daño y la restitución de lo que nos fue robado. Reparación que debía hacerla el país que había cometido el hecho delictuoso y no dejárselo a quien le sucediese…”

 

Venezuela, no obstante, antigua colonia española, siempre ha mantenido el blasón anticolonialista.

 

Igualmente, nos llenamos de supremo orgullo nacionalista cuando proclamamos ante el concierto de los demás países del mundo que la Política Exterior de Venezuela –no obstante, los gobiernos de distintos signos—se ha estructurado, permanentemente, con base a los resultados del glorioso pasado histórico, que nos confieren bastante sustentación como Nación-Estado. A lo anterior, agreguemos además las circunstancias del presente que vivimos en el cual nos asentamos y perfilamos para seguir/salir adelante, con todas las limitaciones confrontadas; y debe complementarse la Política Exterior con los hechos contingenciales que pudieran acaecer, previsiblemente, en el futuro.

 

Resultó vergonzoso ver en las Audiencias Públicas a la delegación guyanesa y a los abogados que la representan esgrimir en sus exposiciones – en una reiterativa vertebración— hacer una defensa a ultranza al “Imperio Inglés” – precisamente el causante de la controversia, en la que ahora nos encontramos.

Cada intervención apuntaba en el mismo sentido: dejar a salvo al Reino Unido en este pleito.

 Se le vieron demasiado las costuras – y las componendas--; porque, el “Imperio Inglés” debe hacerse parte del juicio, en su condición de firmante y corresponsable del Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966, con el cual se determina la condición de írrito y nulo, y por lo tanto inexistente el Laudo Arbitral de París, de 1899, donde ellos, en ominosa componenda con el ruso prevaricador DeMartens, nos perpetraron el alevoso desgajamiento de una séptima parte de nuestra geografía nacional.

 

Es el mismo Imperio Inglés—el de antes como el de ahora (rehuyendo su responsabilidad)—que nada descubrió ni pobló, ni civilizó desde el principio en América; se limitó a la función del que recoge (y roba, en este caso) lo que no siembra; del que se aprovecha de lo que ningún esfuerzo le ha costado.

En el pasado Acto Procesal en la Corte, el Reino Unido puso a la orden de la contraparte en contención a quienes ellos suponían densamente preparados en este asunto litigioso, y fue un estrepitoso fracaso; no tuvieron los resultados que esperaban.

 

La expectativa mundial percibió a tales juristas con manifestaciones timoratas; con discursos perdidos, sin fundamentación en lo que estaban exponiendo; incluso amenazantes con desempolvar las memorias de DeMartens --para alegar qué-- si fue este abogado justamente quien fungió como presidente del jurado arbitral y tramó el ardid de colusión contra Venezuela.

 

Cuando ya este pleito ha escalado ante la Sala Juzgadora de la Naciones Unidas, y ya somos parte del “juicio” se hace preciso destacar el significativo aporte para el mundo del reconocido jurista sueco Gillis Weter, quien, en un enjundioso estudio de cinco tomos, denominado “Los Procedimientos Internacionales de Arbitraje” (Edición-1979); precisamente en su 3er. tomo, dedicado al arbitraje entre Venezuela y la Gran Bretaña, concluye que:

 

“…Ese laudo Arbitral constituye el obstáculo fundamental para que se consolide la fe de los pueblos en el arbitraje y en la solución de controversias por vías pacíficas. Tal sentencia adolece de serios vicios procesales y sustantivos, y fue objeto de una componenda de tipo político”

 

la anterior cita viene a propósito; por cuanto, los coagentes guyaneses y sus carísimos abogados insistieron “machaconamente” en su réplica que la Corte declare — según sus “competencias jurisdiccionales”—que la decisión del Laudo constituyó una “liquidación completa, perfecta y definitiva” en todas las cuestiones relacionadas con la determinación de la línea fronteriza entre la excolonia británica y Venezuela.

 

En concreto, solicitan que se declare la decisión arbitral, contenida en el cuestionado Laudo, como Cosa Juzgada y ejecutoriada por nuestro país. No hubo más argumentación o elementos nuevos. Ninguna mención al Acuerdo de Ginebra.

 

 

domingo, 13 de noviembre de 2022

 

Guayana Esequiba: la sentencia (en estricto derecho) favorecerá a Venezuela

Dr. Abraham Gómez R.

Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua

Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV)

Asesor de la Comisión de Defensa del Esequibo y la Soberanía Territorial

Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba

 

 

Aunque luzca un poco temeraria la siguiente aseveración – por cierto, repetida con insistencia en bastantes escenarios-- pareciera que condensa mucha verdad: “en el concierto de las relaciones internacionales, los países no tienen amigos sino intereses”; revelado y manifestado en el presente caso litigioso, del cual me he venido ocupando – particularmente-  desde hace casi cinco décadas.

 

La Zona en Reclamación siempre ha sido considerada de un extraordinario potencial energético, tanto por las reservas probables y probadas de los recursos petroleros, la calidad de los mismos; los incuantificables caudales de agua; las factibilidades para desarrollar sendos planes sustentables de generación de energía eléctrica, programas agroindustriales, minero, maderero, piscícolas etc.  Por otra parte, a la extraordinaria ubicación geoestratégica, añádase   su proyección atlántica e interconexión con los países de Suramérica y con el resto del mundo.

 Hay un enjambre de empresas operando, bajo la coordinación de la Exxon-Mobil; la cual fija los procedimientos en el área para   la Shell holandesa; diseña los planes para la CGX estadounidense; establece las cuotas de explotación a la Anadarko canadiense y a la CNOON china; en fin, se conoce que sobrepasan de 52 compañías que allí se instalaron, procedentes de muchos países que se dicen amigos de Venezuela; incluso algunas naciones que hemos estado apoyando a través de Petrocaribe.

Guyana está esperando la   decisión de la Corte Internacional de Justicia para definir si solicitan su incorporación a la OPEP o quedarse como agente independiente. La incertidumbre jurídica también arropa a las empresas que esquilman nuestros recursos. Ellos que se atengan a las consecuencias.

Que quede claro que Guyana no es un país petrolero. Esos recursos no le pertenecen.

 En todo caso, declaramos y denunciamos – una y mil veces más—que esos incalculables recursos nunca han sido ni británicos ni guyaneses. Ya nos ocuparemos de eso; por lo pronto, tenemos una reclamación centenaria que ahora se dirime en la Sala Juzgadora de la ONU; juicio para el cual estamos plenamente preparados con nuestros justos títulos traslaticios. Los dos más importantes son:  la Real Cédula de Carlos III, al crear la Capitanía General de Venezuela, el 08 de septiembre de 1777 y el Tratado de Paz y Amistad entre España y Venezuela, del 30 de marzo de 1845, donde nos reconocen las Independencia y la extensión territorial que teníamos para 1810.

Así, además, poseemos suficientes elementos probatorios para exponer y alegar que la Guayana Esequiba siempre ha sido nuestra jurídica, cartográfica e históricamente.

 

Ha habido una ocupación abusiva de las transnacionales, a partir de concesiones fraudulentas e ilegales que recibieron de los gobiernos guyaneses. Entregas impregnadas de añagaza económica.

Son muchísimas empresas, cuyos representantes   saben, por exploraciones científicas, lo que allí está en juego.

 Este territorio nos lo arrebataron. Fuimos vilmente despojados con el denominado Laudo Arbitral de París de 1899, que desde entonces calificamos tal documento de írrito y nulo, y por lo tanto inexistente jurídicamente.

Esta contención – la más prolongada en América y el asunto más importante de Política Exterior de nuestro país--nos necesita unidos, con criterios sólidos.

Ha aflorado muy buena expectativa y conciencia en toda Venezuela

Para este jueves 17 de noviembre, nos corresponde comparecer por ante La Corte a nuestra primera Audiencia Pública, para ratificar la petición de inadmisibilidad de la demanda que nos hizo la contraparte guyanesa, el 29 de marzo del 2018.

 La Corte escuchará la narrativa de los hechos y la fundamentación en derecho que hará nuestra elogiada delegación de Agente, Coagentes y cuerpo de asesores; todo lo anterior en base a la Excepción Preliminar que introdujimos, como cuestión incidental, a lo cual tenemos legítima opción como parte demandada. Solicitaremos en el mismo acto procesal que la Sala Sentenciadora se pronuncie previamente, desestimando la acción interpuesta por Guyana contra nosotros; antes de ir a conocer el fondo del asunto controvertido, según sea la decisión.

La Corte ha resuelto en una serie de sentencias, que han creado jurisprudencias, que un título jurídico preexistente prevalece sobre una ocupación de un territorio en controversia, por parte de otro Estado.

 No hay la más mínima posibilidad de que Guyana pueda salir airosa en este pleito. No tiene cómo, procesalmente; ni con qué, jurídica, histórica o cartográficamente.

Porque, en el supuesto absurdo de que la Corte le confiera—en los próximos meses-- carácter estimatorio a la demanda; entonces damos por trabada la litis e iríamos a la fase probatoria, quizás en marzo del venidero año; precisamente, etapa para la cual estamos apertrechados con nuestro irrebatible acervo—los justos títulos arriba mencionados y otros elementos de probanza que no admite prueba en contrario.

Sin embargo, responsablemente advierto que la comparecencia o no de nuestra delegación – a partir de lo que decida la Corte de la señalada cuestión incidental-- es una determinación del Jefe de Estado, quien rige la Política Exterior de Venezuela, según lo contempla el artículo 236 de nuestra Constitución Nacional.

En esta interesantísima controversia, no hay vuelta atrás. Tanto es así que las empresas transnacionales que están operando --mediante las ilegales concesiones otorgadas por Guyana-- se encuentran en un serio proceso de análisis de la situación a futuro; calculando escenarios y probabilidades.

También debo explicar que la Corte podría llegar a sentenciar en nuestra ausencia, conforme al artículo 53 de su Estatuto; en caso de que avance el Proceso a sus etapas sucesivas, luego del mencionado pronunciamiento previo a la Excepción Preliminar, incoada por nosotros.

 He hecho esta severa advertencia en todas mis conferencias –presenciales y on-line--, en los siguientes términos: sería desastroso si nos peleamos internamente; si cada quien cree que le puede sacar provecho para su parcela política-partidista; o si cometemos el grave error de ausentamos de la Corte; porque, de todas maneras, el juicio continuaría su curso; siempre y cuando se admita la demanda.

 Insisto en señalar que debemos reforzar la estructuración, sin recelos ni mezquindades, de un bloque de defensa compacto, para contrarrestar las acechanzas de la parte que nos adversa en este pleito; quienes se han desatado por todos los medios a indisponer a Venezuela, en cualquier evento internacional.

 La contención por la Guayana Esequiba rebasa los egos individualistas mal curados, los particularismos confesionales, raciales o de cualquier otra índole.

Por lo que pueda venir --en todo caso-- debemos mantenernos unánimemente comprometidos con

nuestra venezolanidad y en pro de la Guayana Esequiba y de los Esequibanos.

 

sábado, 5 de noviembre de 2022

 

Guayana Esequiba: para acreditar pretensiones hay que tener con qué

Dr. Abraham Gómez R.

 Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua

 Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV)

 Asesor de la Comisión Especial para la Defensa del Esequibo y la Soberanía Territorial

 Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba.

 

La geografía humana que convive en nuestra Guayana Esequiba debe despertar el interés y fijar la preocupación de quienes ejecutan Políticas Públicas, por parte del Estado venezolano, con la finalidad de corresponderles debidamente y como se merecen, en todas las áreas pertinentes a su subsistencia.

 

La distribución e interrelación de los esequibanos que ocupan ciudades, pueblos y caseríos, con su propias y muy diversas manifestaciones y culturas en la disputada superficie terrestre; así también, el modo específico (y en sus distintas variantes) como   estos compatriotas interactúan con su medio ambiente. Añadamos, además, la manera en que organizan sus sistemas políticos, económicos y sociales como parte de su ubicación geográfica. Todo un complejo e interesante desafío para lograr imbricarlos con el resto del país, luego de la decisión sentencial de la Corte Internacional de Justicia, a partir de marzo del 2023.

 

Al recuperar la Guayana Esequiba, nos corresponderá, obligantemente, enlazarnos con todos esos grupos humanos como compatriotas.

 

En lo inmediato, el Estado venezolano debe ofrecer un trato más igualitario y decoroso a los Esequibanos que viven en Tucupita, San Félix, Ciudad Bolívar, Tumeremo, El Callao etc.

 Reiteramos una denuncia, por todos ya conocida, nos referimos a la negativa del Estado venezolano a la cedulación de los Esequibanos que viven en las ciudades arriba mencionadas. Ha habido algunos asomos en tal sentido sin concretarse nada. Pura retórica y nada más. Resulta triste tener que reconocer que mientras reclamamos la Guayana Esequiba; sin embargo, a los compatriotas que proceden de esa zona los ignoramos y negamos sus derechos.

 

Siempre nos ha parecido que caen en una seria contradicción quienes se dicen defensores de la Guayana Esequiba; pero nunca exponen ni se pronuncian por la considerable población que ocupa ese territorio, que nos fue arrebatado, vilmente, hace ya más de cien años, y que ya ha entrado en etapa de discernimiento por ante la Corte Internacional de Justicia.

 

La Guayana Esequiba permanentemente ha constituido un apetecible territorio con incalculables riquezas mineras, hídricas, forestales, energéticas, edafológicas, petroleras etc. Territorio muchísimo más grande que algunos países europeos, asiáticos y centroamericanos. 

Con extraordinario potencial de desarrollo sostenible.

 

Este territorio nos lo arrebataron. Fuimos despojados de esa séptima parte de nuestra geografía nacional con el denominado Laudo Arbitral de París de 1899; adefesio jurídico que desde entonces lo hemos calificado de írrito y de nulidad absoluta. Inexistente.

 

Digamos también, por otra parte, que hemos estado reclamando con ímpetu para nuestra Nación la devolución de la Guayana Esequiba. Ha habido desde hace muchos años y gobiernos -lo reconocemos-  algunos deslices e impropiedades.

 

De cualquier forma, la fuerza contencional ha sido indetenible e implacable.

Los reclamos que hemos intentado por vías diplomáticas, políticas y jurídicas no están sustentados en caprichos chauvinistas, reacciones intemperantes, desproporcionadas o injustas.

Me he permitido ir explicando en todas mis conferencias por varias universidades y otras instituciones del país las razones y argumentos sociohistóricos y jurídicos que nos asisten

 

A partir del 17 de este mes, comenzarán a celebrarse las audiencias públicas, en base a la Excepción Preliminar que introdujimos el 07 de junio; en cuya misma ocasión, en tanto acto concluyente quedaron designados nuestro Agente y Coagentes, quienes asumirían la representación directa de Venezuela en todo el juicio.

 

 El contenido esencial de la Excepción Preliminar persigue que la Sala Juzgadora no admita la demanda de Guyana contra nosotros; por cuanto, no reúne los más mínimos elementos asimilables a un debido proceso.

Hay un denso cúmulo de preguntas que para la contraparte han resultado difíciles de explicar por carecer de asideros.

Comencemos: ¿sobre qué elemento obligacional o compromisorio la excolonia británica ha deducido la Causa de pedir ante el precitado Alto Tribunal de La Haya? ¿El Laudo arbitral que nunca nació a la vida jurídica? o ¿El supuesto acuerdo de demarcación de 1905, derivado del nombrado documento ignominioso firmado en París el 03 de octubre de 1899?

 

Se conoce Suficientemente que cuando se negoció, suscribió  y ratificó – por las delegaciones estatales- el Acuerdo de Ginebra el 17 de febrero de 1966, por   la representación del Reino Unido (Sr. Michael  Stewart); así también admitido por el Sr. Forbes Burnham (para entonces, primer ministro de la Guayana Británica) y por nuestro país el  excelso canciller Ignacio Iribarren Borges; en ese acto e instante quedó  sepultado –por saecula saeculorum— el laudo tramposo, gestado mediante una tratativa perversa en contra de los legítimos derechos de Venezuela sobre la Guayana Esequiba.

 

Ya hay algunas opiniones, a lo interno de la Corte Internacional de Justicia, que señalan el desacierto procesal de Guyana, por insistir con el “laudo”; asimismo, dicen que con tales recursos argumentativos jamás ganarían este juicio, en justo derecho. No tienen la menor posibilidad jurídica para salir airosos; por eso la desesperación de los representantes de la cancillería guyanesa al ejercer presión a todos los niveles; incluso solicitar a las plataformas Facebook, Instagram y Twitter que se abstengan de publicar la Guayana Esequiba en la cartografía referida a Venezuela.

 

Vistos y analizados así los acontecimientos, calificamos de muy mala fe y de temeridad procesal de Guyana al insistir en sostener su Pretensión, en este juicio, en el reposicionamiento de un Laudo que quedó desterrado – ipso jure-: sin validez, sin eficacia jurídica y sin ser oponible a nada.

Ellos estarían impelidos a mostrar – en la Excepción Preliminar y en la fase probatoria-- los elementos estructurantes de su pretensión; y hasta el día de hoy no tienen con qué. Todo lo pretendido requiere pruebas, y no las tienen. Allí lo que ha prevalecido (sobre todo desde el 2015 para acá) es un juego de intereses dinerarios entre los gobiernos de cualquier signo político; llámese del PPP o del CNP y el enjambre de empresas transnacionales que están esquilmando nuestros recursos en el territorio y en su proyección atlántica.

 

Quienes están asesorando a la contraparte deben estar conscientes que en cualquier proceso judicial hay que obligarse a demostrar lo pretendido.

 

¿Cómo se les ocurre afirmar en la interposición de acciones contra Venezuela –en procura de acreditación de la Sala Juzgadora-- que el inefable “Laudo” es cosa juzgada y debe configurarse (y aceptarse) como válido y vinculante para nosotros? Con esa patraña no nos ganarán jamás, en justo derecho.

 

Nos mantendremos a la expectativa – como se encuentra toda Venezuela -- por la resolución que pueda tomar la Corte a partir de las Audiencias Públicas.

Veamos lo siguiente: los magistrados de la Corte --en sentencia mayoritaria-- pueden decidir en una u otra determinación; concretamente sobre nuestro argumento – inadmisibilidad de la demanda-- contentivo en la Excepción Preliminar; sin ir –por lo pronto-- al fondo de la litis.

Si la demanda queda inadmitida, sería un gran triunfo para Venezuela. La estrategia a seguir se daría a conocer en su debida oportunidad.

Contrariamente, si la Corte sentencia –  en esta primera causa incidental—favorable a la contraparte, tendríamos que ir al juicio completo, en todas sus fases y procedimientos; para lo cual y a tales efectos también estamos preparados y apertrechados con nuestro acervo probatorio.