Guayana
Esequiba: 60 años de nuestro hermoso triunfo diplomático
Dr.
Abraham Gómez R.
Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua
Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba
Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela
Coordinador Académico de la Comisión Proponente de la
UNAFRONT
Con la firma del Acuerdo de Ginebra el
17 de febrero de 1966 se cerró – apenas- una abominable etapa en nuestra
reclamación por el inmenso espacio territorial que nos arrebataron, a través
del “laudo” de 1899.
Comenzó un nuevo recorrido que dejó
como cosa del pasado los develados mecanismos arteros practicados por los
imperios de entonces y el inefable De Martens, en colusión contra nuestra
patria.
Hasta las proximidades de la fecha
para suscribirse el Acuerdo (ley promulgada, aún vigente en nuestra República)
los representantes del Reino Unido se mostraban reacios a admitir la nulidad
absoluta del hecho perpetrado en París el 03 de octubre, que devino en el
adefesio arbitral de ingrata recordación.
La delegación venezolana apeló ante
la Asamblea General de la ONU a
brillantes, transparentes e irrebatibles pruebas del despojo, en recurrentes
conferencias desde 1962 hasta 1965; por lo que a los ingleses no les quedó más
alternativa que enviar a su canciller a la mencionada ciudad de Suiza a
suscribir (que luego ratificaron) el documento acordado; en
cuyo contenido se habilitan los mecanismos convenientes para lograr una
solución “práctica, pacífica y satisfactoria” para las partes
conflictuadas.
Precisemos a manera de recordatorio
que Guyana introdujo una demanda, en el 2018, contra nuestro país, y la ha
venido ratificando en todas sus comparecencias procesales; en cuyo pliego de
causas correspondientes al petitorio insisten en solicitar
que la Corte Internacional de Justicia obligue a Venezuela a reconocer
el írrito y nulo Laudo Arbitral de París de 1899, como “cosa juzgada”, y
que lo asumamos como “válido y vinculante”.
La excolonia británica sigue
asumiendo una actitud envalentonada.
Cometen cualquier cantidad de
desmanes, e inmediatamente citan el Acuerdo de Argyle del 14 de diciembre del
2023, como una especie de escudo para enmascarar lo que han hecho.
Ellos han arreciado con sus actitudes
abusivas; ya no únicamente en la proyección atlántica que genera la parte
continental de la Guayana Esequiba, en contención y aún por delimitar; sino
que, imprudentemente, han dado instrucciones y hasta órdenes escritas a las
empresas transnacionales para que operen en cualquier coordenada marítima por
su costado oeste ( con exactitud, penetrar más hacia el este de Venezuela), irrespetando nuestra soberanía
en esa área; propiamente en la proyección del estado Delta Amacuro
que no se incluye ni es parte en la presente controversia.
Con esas manifestaciones irregulares
burlan, como les da gana, el Acuerdo de Ginebra – que recordamos, está
cumpliendo 60 años- y que constituye el único documento válido, con pleno vigor
jurídico en este juicio.
A partir del precitado documento (un
triunfo de la diplomacia venezolana, de entonces) todo el pleito por la
extensión territorial en disputa debe, inexorablemente, circunscribirse a lo
que allí está consagrado.
Con la acción judicial que la
contraparte trabó por ante la Corte quedó al descubierto cuál es la
intencionalidad y propósito que persiguen.
Sin embargo, recibieron de nosotros,
en la misma Sala Jurisdicente, en abril de 2024, el respectivo memorial de
contestación de la demanda.
Con idéntica fortaleza, nos
preparamos para comparecer a la fase de pruebas, alegaciones y preconclusiva, en
el transcurso de este año.
¿Por qué decimos, que las licencias,
permisos y demás concesiones que viene otorgando Guyana son ilegales y
contrarían el vigente Acuerdo de Ginebra?
Porque el Acuerdo de Ginebra,
extraordinario documento – plenamente ratificado por las partes suscribientes-
contempla en su artículo V lo siguiente, para el absoluto acatamiento de los
concernidos:
“Con el fin de facilitar la mayor medida
posible de cooperación y mutuo entendimiento, nada de lo contenido en este
Acuerdo será interpretado como una renuncia o disminución por parte de
Venezuela, el Reino Unido o la Guayana Británica de cualesquiera bases de
reclamación de soberanía territorial en Territorios de Venezuela o Guayana
Británica o de cualesquiera derechos que se hubiesen hecho valer previamente, o
de reclamaciones de tal soberanía territorial o como prejuzgando su posición
con respecto su reconocimiento o no reconocimiento de un derecho a, reclamo o
base de reclamo por cualquiera de ellos sobre tal soberanía territorial.
Ningún acto o actividad que se lleve
a cabo mientras se halle en vigencia este Acuerdo constituirá fundamento para
hacer valer, apoyar o negar una reclamación de soberanía territorial en los
Territorios de Venezuela o la Guayana Británica, ni para crear derechos de
soberanía…”
Dejémoslo más claro y destacado aún “Ni
para crear derechos de soberanía”.
Nunca han tenido soberanía en las
áreas territorial y marítima controvertidas. Lo que han estado haciendo es una
vulgar ocupación.
Jamás han gozado del poder supremo e
independiente para tomar decisiones en la mencionada zona; porque están
conscientes que hay un asunto pendiente por discernir, aclarar y rendir
cuentas.
En el Acuerdo de Ginebra la
contraparte reconoció que el susodicho laudo –donde se amparan- es írrito y
nulo de nulidad absoluta. Ni más ni menos.
En el juicio que cursa en el Alto
Tribunal de La Haya nos basamos y centramos, indesligablemente, en El Acuerdo
de Ginebra – aceptado totalmente el 17 de febrero de 1966 por el Reino Unido;
además, por el entonces primer ministro de la Guayana Británica y por la
representación diplomática de nuestro país.
Se oficializó nacional e
internacionalmente el Acuerdo de Ginebra cuando fue publicado en la Gaceta
Oficial de Venezuela N.º 28.008 del 15 de abril de 1966 y posteriormente
registrado el 5 de mayo del mismo año en la Secretaría General de la
Organización de las Naciones Unidas bajo el N.º I-8192.
El Acuerdo de Ginebra causó estado en
la ONU.
Jamás ha sido susceptible de ningún
recurso jurisdiccional.
El contenido del Acuerdo de Ginebra
es tan contundente que ha agotado cualquier posibilidad de que se interpongan
actos en su contra. Se volvió absolutamente inalterable e inatacable.
Nuestro país enaltece, con honor y
gloria, a los compatriotas promotores, proponentes y firmantes; porque, en las
circunstancias presentes de la controversia es el único escrito, avalado
internacionalmente, donde se reconoce – sin dudas ni temores- que existe una
contención, que está viva; derivada del insistente reclamo por Venezuela de que
fuimos despojados -con vileza- de 159.500 km2 (una séptima parte de nuestra
geografía), comparable a todo el occidente nacional.
Este admitido documento, que tiene la
categoría – repetimos- de haber causado estado en la ONU; además, puso en tela de juicio la cosa juzgada; que es
el falaz argumento de la contraparte en su causa de pedir en el Cuerpo
Jurisdicente.
Dicho más claro. El Acuerdo de
Ginebra desmontó el Principio de la Intangibilidad de la Cosa Juzgada; por
encima de la tendencia mundial de aceptar las decisiones arbitrales y
judiciales que fundamentan el Derecho Internacional.
El Acuerdo de Ginebra le confiere
preeminencia a que persiste nuestra reclamación hasta que alcancemos la debida
restitución en justo derecho.