Guayana
Esequiba: estrategias con racional optimismo.
Dr. Abraham
Gómez R.
Miembro
de la Academia Venezolana de la Lengua
Asesor
de la Comisión de Defensa del Esequibo y la Soberanía Territorial
Miembro
del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV)
Asesor
de la Fundación Venezuela Esequiba
El
escrito contentivo de interposición de acciones de Guyana contra nuestro país
lo conocemos en su totalidad.
Ha
sido leído con precisión; analizado de manera individual, como también en las distintas reuniones y conferencias, en
sus múltiples implicaciones; así además, me he permitido estudiarlo académicamente, para saber de qué
estamos hablando en tal asunto controversial; por lo que debo decir—para
conocimiento público-- que su elemento
más resaltante, concerniente a Pretensión Procesal, se resume en solicitarle a la Corte Internacional de Justicia que
confirme “la validez legal y efecto
vinculante del Laudo Arbitral de París, dictado el 3 de octubre de 1899”;
documento que siempre ha sido considerado por Venezuela como írrito y nulo. Calificaciones
con las cuales hemos improntado, desde sus orígenes, a esta vergonzosa
tratativa política-diplomática.
Ese
“laudo” resultó inexistente, no nacido a la vida jurídica. Por lo que no ha
adquirido nunca la validez ni la eficacia jurídica; y es – impensablemente—la Causa
de pedir de la contraparte. Es nulo de nulidad absoluta.
El
rechazo definitivo a la precitada decisión arbitral quedó consumado cuando la
propia representación del Reino Unido (Michael Stewart) y de la Guayana
Británica (Forbes Burnham) admiten y suscriben, junto con nuestro excelso
canciller Ignacio Iribarren Borges el Acuerdo de Ginebra, el 17 de febrero de
1966 (documento que arriba a sus 59 años de plena vigencia); en cuyo artículo primero
destaca:
“Se
establece una Comisión Mixta con el encargo de buscar soluciones satisfactorias
para el arreglo practico de la controversia entre Venezuela y el Reino Unido
surgida como consecuencia de la contención venezolana de que el Laudo arbitral
de 1899 sobre la frontera entre Venezuela y Guayana Británica es nulo e
irrito”.
Acaso
se requiere una inteligencia superior para interpretar y concluir que el
aludido “laudo” quedó invalidado, a partir de ese acto jurídico; y, por lo
tanto, jamás debió considerarse oponible para efectos posteriores.
No hay Causa que se haga obligacional o
compromisoria – para nosotros-- de ninguna manera y para nada.
Frente
a lo anteriormente descrito, prestemos atención a este otro detalle: nuestro
país permanentemente ha querido solucionar este pleito entre Estados vecinos,
acudiendo a las vías pacíficas directas (autocomposición) conforme a la
normativa consagrada en el Derecho Internacional Público.
Sin
embargo, nos conseguimos que la excolonia británica, con la
cual sostenemos la centenaria contención, jamás creyó en las gestiones de los Buenos Oficiantes: McIntyre, Jackman, Girvan y Nylander
quienes tuvieron a bien desempeñarse para arreglar la controversia.
Todo
el trabajo de esos funcionarios fue saboteado desde la cancillería guyanesa.
Siempre
entendíamos que sus respectivos gobiernos, de cualquier signo
político-ideológico, en ningún momento prestaron la debida atención a las
iniciativas de los mencionados Buenos Oficiantes, designados por la Secretaría
General de la Organización de las Naciones Unidas; atendiendo al contenido,
alcance e intención del artículo 33 de la Carta del precitado ente
internacional:
“…Las partes en una controversia cuya
continuación sea susceptible de poner en peligro el mantenimiento de la paz y
la seguridad internacionales tratarán de buscarle solución, ante todo, mediante
la negociación, la investigación, la mediación, la conciliación, el arbitraje,
el arreglo judicial, el recurso a organismos o acuerdos regionales u otros
medios pacíficos de su elección…”
Nótese
que hay etapas establecidas en sucesividad hasta alcanzar la resolución del
caso.
He
sostenido que Guyana aguardó la ocasión, en una especie de emboscada jurídica,
para demandar a Venezuela ante la Corte Internacional de Justicia; yéndose,
directamente al “arreglo judicial”; contrariando el orden de prelaciones establecido
en la citada norma, para zanjar el litigio.
Lo digo, porque una vez que el actual
Secretario General de la ONU, Antonio Guterres, remite el caso a la Corte, el
día 19 de enero de 2018; ya Guyana – con bastante antelación-- tenía preparada
la demanda contra Venezuela, la cual consignaron el 29 de marzo del mismo año,
todo urdido con premeditación y vileza.
En
las distintas plataformas, medios de comunicación y conferencias en las
universidades, nos preguntan, con insistencia ¿qué hemos hecho y en cuál
situación nos encontramos hoy?
Para
abreviar en la explicación, digo que Venezuela consignó en la Corte una
Excepción Preliminar; acto procesal al cual tenemos derecho, en condición de
parte demandada; para resistir y oponernos a la acción interpuesta en nuestra
contra. Toda Acción trae en consecuencia una Excepción.
Una
Excepción Preliminar es un mecanismo de defensa de los Estados; la cual es
legítimamente admitida por la comunidad internacional y utilizada en algunas
oportunidades en la Corte Internacional de Justicia, de conformidad con el
artículo 79 de su Reglamento.
Hay
suficiente base doctrinal y jurisprudencial al respecto.
La
Excepción Preliminar entregada (y ratificada en las audiencias públicas por
nuestra honorable delegación estuvo basada en formalizar serios
cuestionamientos al burdo escrito presentado –unilateralmente—por Guyana.
¿Qué
perseguíamos, en lo inmediato, con una Excepción Preliminar?
Que
la Corte, en sentencia adelantada –de previo pronunciamiento que esperábamos –
desestimara la demanda, porque constituye un fraude legal y procesal.
Con
nuestra Excepción Preliminar nos permitíamos advertir a la Sala Juzgadora que la situación
es mucho más compleja de lo que la parte demandante ha hecho saber.
Debemos
ser enfáticos en pronunciar con insistencia al mundo que no le estamos quitando
las dos terceras partes del territorio de Guyana, como ellos “arguyen”, ante el
Cuerpo Jurisdicente y en sus vocinglerías por los medios de comunicación a
nivel internacional.
Nuestra
nación ha sido la víctima, hace más de un siglo, de la usurpación perpetrada
con mala fe y añagaza jurídica.
Nosotros
tenemos enjundiosa documentación, en tanto títulos jurídicos y respaldo
histórico y cartográfico: pruebas constituidas y constituyentes para demostrar
que fue el Imperio Británico que nos usurpó y despojó, de una séptima
parte de la geografía venezolana, mediante trampas a finales del siglo XIX;
incluso tenían la aviesa intención de arrebatarnos hasta el Delta del Orinoco y
una considerable parte del estado Bolívar.
Lo
que hemos descrito, de manera somera – la demanda guyanesa contra Venezuela--
es lo que vergonzosamente ellos emprendieron; que pensaron que el mandado
estaba hecho; que nos quedaríamos de brazos cruzados y bocas silentes.
Resultó que la inteligencia nuestra ha
analizado y puesto en ejercicio elementos extraordinarios de defensa; que, no obstante,
la hemos asimilado con racional optimismo en este asunto litigioso, sin
exageradas exultaciones.
Para
el trayecto subsiguiente (alegaciones preconclusivas), nos corresponde fijar
otras estrategias, que informaremos en su debida oportunidad. Entiéndase que
como Política de Estado no todo puede darse a conocer públicamente.
Por
lo pronto, lo que sí debe saber la población venezolana en general es que nos
encontramos en jornadas de investigación documental, concienciación nacional
permanentes; por cuanto, el juicio jamás se ha detenido.
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