“Una
aberración jurídica la sentencia del TSJ”
“Resulta impensable que
el ente administrador de justicia que hasta no hace mucho habíamos tenido como
serio ha venido dando muestras de oprobiosa parcialización hacia un régimen que
se descalabra”
De esta manera lo expresa
el Dr. Abraham Gómez, quien ha participado, en nombre de la oposición, en
distintos eventos, con la finalidad de dar a conocer a la opinión pública, lo
que él considera “un ardid tramposo por parte del oficialismo con esta propuesta
de Asamblea Nacional Constituyente”.
Según nos dice, que
esta burla y remedo de Asamblea Constituyente desde sus inicios nace contrariando
la Constitución Nacional; por cuanto, de cuerdo al artículo 348, el presidente
de la república sólo tiene facultad para iniciar el proceso, y solicitar luego
al C.N.E que abra los procedimientos respectivos a través de un
referendo consultivo para que el pueblo, depositario del Poder Constituyente Originario,
determine en libres sufragios si convoca a una Asamblea constituyente”
En cada una de las
jornadas donde ha participado el Dr. Abraham Gómez, le hemos escuchado
mencionar las inmensas diferencias entre el proceso que vivió Venezuela en el
año 1999 y en el que ahora nos encontramos.
“Si, lo ratifico a cada
instante. En el proceso constituyentista de 1999 se realizó en tres fases: la
primera mediante una pregunta se le solicitó la opinión vinculante al pueblo
soberano, habiéndose conocido con antelación las bases comiciales; seguidamente
se votó para seleccionar los 136 integrantes de la ANC, y en diciembre de ese
año se llamó a un referéndum aprobatorio de la actual Carta Magna. Todo, completamente
transparente”
“ Cómo es posible, que
un CNE, entregado y servil se preste a tantas maniobras con esta pretensión de
Constituyente, si todavía no se sabe sobre cuáles bases comiciales operaría una
presunta Asamblea Constituyente. Lo que se conoce, hasta ahora, únicamente es
un pliego truculento del oficialismo”
“Debo agregar —continúa
diciendo el doctor en ciencias sociales Abraham Gómez, quien también es Miembro
de la Academia Venezolana de la Lengua-que la más reciente sentencia de la sala
Constitucional del TSJ, refleja una vergüenza, al arrebatarle al pueblo
soberano la condición de Poder Constituyente originario, asentado en el
artículo 5 de la Constitución, cuya facultad es intransferible, para entregárselo
obsequiosamente al presidente, para que le pase por encima a una consulta
anticipada para una Asamblea Nacional Constituyente; porque, con los criterios
que manejan los magistrados que sentenciaron, N. Maduro asume la representación
del pueblo, y por lo tanto queda en
condición de hacerse absolutamente con la soberanía”
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