Guayana
Esequiba: entre la Corte y la cautela de Irfaan.
Dr. Abraham Gómez R.
Miembro de la Academia Venezolana de
la Lengua.
En sentido
estrictamente jurídico, conforme al Derecho Internacional Público (DIP) no
debemos tener temor alguno, en cuanto a los posibles resultados sentenciales que
emanarían desde el Alto tribunal de la Haya, donde se iniciarán las Audiencias
Orales por la contención de nuestra Zona en Reclamación.
Afirmamos,
absolutamente, que de darse las posibles actuaciones procedimentales en el
citado evento internacional, que se nos avecina para el 30 de este mes, quedará
plenamente develado que poseemos todos los elementos probatorios: socio-históricos,
cartográficos, demográficos, políticos y jurídicos; los cuales nos avalan,
asisten y respaldan de modo satisfactorio. Tal portafolio conforma un legajo de
documentos importantes para exponerlos en cualquier escenario, con la finalidad
de mostrar y demostrar el vil arrebato que se nos hizo, mediante el írrito y
nulo Laudo Arbitral de París, del 03 de octubre de 1899.
En casi todas las
conferencias que dictamos en las universidades y otros organismos del país, o a
través de la Red y los medios de comunicación se nos hace siempre esta pregunta:
¿Por qué estamos obligados a debatir por ante la Corte Internacional de Justicia?
.Y la respuesta que ofrecemos apunta más
o menos en los siguientes términos: primero,no debemos
apreciarlo como un acto compulsivo, de obligada asistencia. Doy mayor explicación sobre el particular:
para el 18 de abril de 2018 habíamos sido citados ante la (CIJ), en esa
oportunidad la delegación nuestra estuvo presente por primera y única vez, y
consignó la posición que asumimos al respecto: No Comparecencia.
El citado
Principio, suficientemente legitimado en las relaciones jurídicas entre
Estados, fortalece y amplía los convenios y las costumbres en tanto fuentes del
Derecho Internacional. Además, con la No Comparecencia desconocemos la
competencia de dicha Corte para conocer forma y fondo de este asunto litigioso.
Venezuela sostiene
que la (CIJ) no posee jurisdicción en nuestros asuntos de controversias
interestatales, porque no somos firmantes del Pacto de Bogotá de 1948.
Si hemos invocado
la No Comparecencia nos encontramos eximidos de ulteriores citaciones de este
Tribunal. Por eso estamos extrañados que se insista a través de Audiencia
Orales para confrontar las Altaspartes. Sospechamos las inmensas presiones que
están ejerciendo las empresas transnacionales.
Segundo, Guyana y
su equipo de asesores han jugado, con tenacidad en los últimos dos años la
estrategia jurídica. Poco les han importado las otras alternativas de solución
contempladas en el artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas y reflejadas
en el texto del Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966, vale decir: la negociación,
la mediación, la conciliación; en sí mismas, son vías expeditas y pacíficas para alcanzar una avenencia
“práctica y satisfactoria” para ambas partes.
Ellos nunca han
querido la figura del Buen oficiante
para que resuelva este caso con su mediación.
Además, se nos informa que continúan incrementándose las sumas
dinerarias aportadas por las empresas transnacionales con marcado interés de
exploración y explotación de la multiplicidad de recursos que hay en la zona.
La delegación de la
excolonia británica se mantiene, hasta hoy, en la opción “arreglo judicial” en
la CIJ, para procurar una sentencia rápida y sin más dilaciones, que
supuestamente les favorezca.
En Guyana acaba de
resolverse la tramposa situación electoral en que se encontraba desde el 02 de
marzo del presente año. De acuerdo con los resultados aportados por el GECOM (Guyana
Elections Commission) el nuevo presidente de la República es el Dr. Irfaan Ali
(Partido Progresista del Pueblo—PPP--), un profesional formado más en el campo
de la planificación estratégica, la producción agroindustrial, desarrollos
habitacionales y la economía en general; quien ha dicho que al caso de la
controversia de la Guayana Esequiba debe dársele un tratamiento especial, como
asunto de Estado (…).
Hay quienes
alientan la posibilidad que el nuevo presidente guyanés se incline por una fórmula
basada en acuerdos económicos con nuestra Nación, sin hurgar demasiado en la
controversia de la Guayana Esequiba. No obstante, nos llama la atención que
Mohamed Irfaan Ali ha respaldado siempre el Recurso interpuesto por su país en
la Corte Internacional de Justicia contra Venezuela, sin modificar en lo más
mínimo la Pretensión Procesal que en tal escrito se contempla.
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