Guayana
Esequiba: inaceptable que usen y dispongan de nuestra posesión
Dr. Abraham
Gómez R.
Miembro de la Academia Venezolana de
la Lengua
Asesor de la Fundación Venezuela
Esequiba
Asesor de la ONG Mi Mapa
Miembro del Instituto de Estudios
Fronterizos de Venezuela (IDEFV)
Asesor de la Comisión por el Esequibo
y la Soberanía Territorial
Por las
declaraciones que han estado ofreciendo las autoridades gubernamentales y las
respectivas delegaciones diplomáticas de la excolonia británica, en los
diversos escenarios internacionales, hemos venido sacando cuenta,
aproximadamente, cuáles estrategias han urdido los coagentes guyaneses en esta
controversia; dado que perciben –con anticipación- que no tienen ni les alcanza
la fuerza jurídica para obtener de la Corte una decisión favorable.
Prestemos,
también, atención con sumo cuidado, a lo siguiente. Como las palabras no son
neutras; la contraparte en el juicio ha recurrido a la manipulación de vocablos
para que surtan efectos a lo interno de la Sala Juzgadora.
Procedo a
explicar de seguidas de qué trata la cuestión. Conforme al Derecho Internacional Público, los términos
Ocupación y Posesión se construyen, adquieren y preservan procesalmente -con
severo énfasis- sus propias diferencias conceptuales-estructurales.
Cada étimo aludido,
Posesión y Ocupación, está destinado en su desempeño y despliegue
jurisdiccional para dar cuenta concreta de hechos muy particulares. No caben
confusiones.
Resulta
inadmisible en esta controversia de tanta categoría que la representación
guyanesa, que asiste a La Haya emplee indistintamente uno u otro término; como
si se tratara de lo mismo. Conscientes de que cada uno adquiere de suyo su especificidad.
Utilizan Posesión
y Ocupación en sus escritos y en las audiencias, en una especie de argamasa
discursiva.
Tal
procedimiento devela una marcada intención.
No lo hacen con
ingenuidad o por andar desprevenidos. Tejen, con muy mala fe, manipulaciones
jurídicas, que no nos cansaremos de poner
en claro y denunciar.
Permítanme un
modesto aporte sobre el particular.
Todo acto de
Posesión lleva implícitos factores característicos intrínsecos que se hacen
inescurribles y obligatorios.
Las doctrinas
y Principios han establecido descripciones condicionantes exigibles, en los
casos de Posesión y ocupación; para que se sepa de qué se habla y a qué
atenerse cuando estemos en presencia de uno u otro.
Para que haya
Posesión prescribe reunir los siguientes elementos: darse de manera
absolutamente pacífica; debe ser un evento público y del conocimiento generalizado;
manifestarse de buena fe y que no se hayan ocasionado protestas por tal hecho.
Que nadie vea lesionado su patrimonio, perjuicio irrogado.
Cabe la
interrogante: ¿La Posesión queda condicionada? Sí, cierto. La Posesión está
restringida a que se admitan, acaten y respeten cabalmente las mencionadas
limitaciones.
Bajo esos insalvables presupuestos la Posesión
queda protegida jurídicamente, y genera la posibilidad para invocar el
Principio de Adquisición por Prescripción.
No el vil
despojo que se nos hizo, mediante el írrito y nulo Laudo Arbitral de París, el
03 de octubre de 1899; donde no se cumplieron ninguno de las consideraciones
arriba citadas; porque el Imperio Inglés, en su insoportable arrogancia, arremetió
–violentamente-- contra nuestro espacio territorial correspondiente a la
Capitanía General de Venezuela, creada por Cédula Real de Carlos III, el 08 de
septiembre de 1777; documento a través del cual el mundo nos llega a conocer.
Los ingleses
desconocieron reiteradamente la propiedad de España en el inmenso territorio
delimitado en la margen izquierda del río Esequibo; y procedieron a la ocupación;
entendida como la manifestación agresiva para el control atrabiliario de lo
ajeno, bajo continua impronta de ilegalidades. No era una porción terra nullius
(territorio sin duelo) o irredenta.
Irrumpieron,
sin parar, mediante vulgares actos de Ocupación ilegales e ilegítimos, para
crear asentamientos poblacionales en la Guayana Esequiba con migraciones
forzosas traídas por ellos desde África, Asia y varias partes del mundo, para
ocupar ilegítimamente. Únicamente han ocupado ayer y hoy.
Todo cuanto
hizo el Imperio Británico, a partir del “raro e indescifrable” Pacto
Anglo-holandés de 1814 estuvo signado por la mala fe; así, además, siempre hubo
permanentes protestas y cuestionamientos de nuestra parte; por cuanto, nos
estaban perpetrando (como hasta el presente) un vil despojo de nuestra heredada
extensión territorial, que obtuvimos mediante Justos Títulos Traslaticios; los
cuales consignaremos, en su debida
oportunidad, en la fase probatoria por ante la Corte Internacional de Justicia.
Mucho antes
de que se produjera la firma ominosa del Laudo, ya Venezuela había estado
levantando su voz de protesta, por todo el desgajamiento que le estaban asestando
en una séptima parte de su geografía nacional.
Nuestro
Libertador teorizó la doctrina del Utis possidetis Juris para proteger a las
naciones que venían alcanzando sus independencias; para preservarlas de las
acechanzas y voracidad de los ingleses.
Bolívar
siempre invocó en defensa de la Gran Colombia el principio del Utis Possidetis
Juris, que consagra los territorios que eran propiedad de la Corona española
como propios; ahora de los países liberados luego de sus independencias.
En efecto, el
territorio que le corresponde a Venezuela de acuerdo al citado Principio no es
otro que el que abarcaba la Capitanía General de Venezuela.
De modo que allí jamás ha habido Posesión, en cabal y estricto sentido
que otorga el Derecho Internacional Público; por eso no tenemos dudas ni temor
de la sentencia que esperamos, en justo derecho, que dictará el Ente Jurisdicente,
el próximo año.
Lo que nos resulta inaceptable es el abuso y disposición arbitraria de
los recursos de la Guayana Esequiba, que han estado haciendo los gobiernos
guyaneses. Inclusive lo declara, recientemente, el presidente Irfaan Ali, sin un
mínimo de prudencia y sin esperar la sentencia de la Corte:
“La producción de petróleo en el
bloque Stabroek de Guyana está previsto que alcance un promedio de 1,2 millones
de barriles por día para fines de 2027. Estamos licitando 14 bloques petrolíferos
frente a las costas del país; se tendrá en cuenta la gestión de la huella de
carbono, la seguridad y la recopilación de datos. En esta esperada licitación, están en juego once bloques petrolíferos en
aguas poco profundas y tres en aguas profundas y ultraprofundas. En esta ronda
de licitaciones de exploración petrolífera ha atraído a al menos diez empresas,
entre las que figuran Shell, Petrobras, Chevron, Exxon Mobil,
Total Energies, Hess Corp. y la china CNOOC, así como Qatar Energy y la malaya
Petrona. Las
reservas totales de petróleo recuperable de Guyana ascienden a más de 11.000
millones de barriles y ocupan el puesto 17 en el mundo y el tercero en América
Latina y el Caribe. tenemos que
permitir que el proceso funcione. La evaluación estaría hecha. Esperamos
terminar la evaluación a principios de octubre y luego pasar a la discusión
para concluir los acuerdos antes de fin de año”.
No caeremos en provocaciones por tan intemperantes, inmoderados y descomedidos anuncios .
Nosotros somos respetuosos del contenido y alcance del Acuerdo de
Ginebra del 17 de febrero de 1966; único documento que reconocemos donde debe
basamentarse el conflicto que se dirime por ante la Corte; por eso nos hemos
abstenido de tomar medidas unilaterales—de cualquier tipo-- para contener las
nuevas arbitrariedades en que incurre la actual administración gubernamental
guyanesa.
Todas esas viciadas asignaciones licitatorias—en nuestra posesión- serán
absolutamente revisadas y reestructuradas conforme al interés de la soberanía
venezolana.
Una vez que presentemos nuestro irrevocable acervo de probanza, la Sala
proceda a su examinación e inmediatamente dicte sentencia, resolviendo a
nuestro favor, nos corresponderá arreglar y recomponer en muchos aspectos y ámbitos
esa restituida porción geográfica que siempre ha sido de Venezuela histórica,
jurídica y cartográficamente.
Estimado Dr. Abraham Gómez, me resulta increíble la pasividad con que el estado venezolano ha actuado respecto a nuestra Guayana esquina. Leyendo su artículo comprendo lo complejo del litigio pero hoy día a través de las plataformas digitales y redes sociales el gobierno guyanés ha implantado la matriz de opinión a su favor y eso algunas veces pesa mucho a la hora de tener apoyo internacional. Saludos desde Cumaná Sucre.
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