Guayana
Esequiba: Nacimos ante el mundo como Capitanía General de Venezuela
Dr. Abraham
Gómez R.
Miembro de la Academia Venezolana de
la Lengua
Asesor de la Fundación Venezuela
Esequiba
Miembro del Instituto de Estudios
Fronterizos de Venezuela
Coordinador de la Comisión Académica
de la UNAFRONT
La
experiencia nos señala que los lapsos para los arreglos de pleitos
interestatales conllevan implícitos sus propios ritmos y dinámicas.
Nosotros ni
aceleraremos ni retrasaremos un proceso de tal naturaleza; lo que si considero
y estamos seguros es que no tenemos tiempo que desperdiciar. Contrariamente,
hay que aprovechar al máximo todo cuanto esté a nuestro alcance para reforzar
los argumentos de probanza y las próximas alegaciones que nos corresponderán
ante la Corte Internacional de Justicia; siempre y cuando el jefe de Estado
determine – conforme al artículo (236) de la Constitución Nacional— otras
comparecencias de la delegación venezolana por ante ese Alto Tribunal de la ONU.
Si antes de
2015, en condición de nación pobrísima, Guyana se apoyaba en los aportes
dadivosos suministrados por la
Commonwealth; desde hace diez años para
acá, con la Exxon a la cabeza de todo este enjambre esquilmador, no tiene reparos o limitaciones en los gastos
e inversiones oficiales; por cuanto, la excolonia británica está percibiendo inmensos caudales de recursos
dinerarios producto de la ilegal explotación petrolera, maderera, energética
y minera, en el área en conflicto; en
contravención al Acuerdo de Ginebra del
17 de febrero de 1966, en cuyo artículo V, numeral (2) señala:
“Ningún acto o actividad que se lleve a cabo
mientras se halle en vigencia este Acuerdo constituirá fundamento para hacer
valer, apoyar o negar una reclamación de soberanía territorial en los
Territorios de Venezuela o la Guayana Británica, ni para crear derechos de
soberanía en dichos territorios, excepto en cuanto tales actos o actividades
sean resultado de cualquier convenio logrado por la Comisión Mixta y aceptado
por escrito por el Gobierno de Venezuela y el Gobierno de Guyana. Ninguna nueva
reclamación o ampliación de una reclamación existente a soberanía territorial
en dichos Territorios será hecha valer mientras este Acuerdo esté en vigencia,
ni se hará valer reclamación alguna sino en la Comisión Mixta mientras tal
Comisión exista”.
Con la descarada
entrega de concesiones, inconsultas y unilaterales, a las empresas
transnacionales pretenden –sibilinamente— “hacer
valer o crear derechos de soberanía”.
Reviste igual
gravedad, parte del contenido de la Constitución de la República Cooperativa de
Guyana de 1980.
En esa Carta Magna detectamos el
autoconferimiento y la distribución político-territorial, por regiones, que
ellos han establecido, precisamente en la Guayana Esequiba.
Delimitaron
toda la extensión – la que vilmente nos despojaron-- de la siguiente manera:
Waini-Barima (región 1); Poomeron-Supenam (región 2); Cuyuní-Mazaruni (región
7); Potaro-Siparuni (región 8); AltoTúkutu- Alto Esequibo (región 9).
Este caso
litigioso estamos obligados a estudiarlo y manejarlo invocando la solidaridad
de toda la población venezolana. Concitando las mejores voluntades e
inteligencias.
Deben ser esfuerzos
suficientemente ponderados; lo cual constituye un destacado ejemplo de una
lucha sostenida sin actitudes atrabiliarias o estrepitosas; porque, aquí se
requiere talento y densidad en la formación documental y doctrinaria para
insistir en la reclamación y defender en la Sala Sentenciadora o donde haya lugar lo que por honor y justicia
siempre ha sido nuestro; que vilmente nos arrebataron, en un ardid o una
tratativa perversa mediante añagazas jurídicas.
Desde
entonces nuestra lucha ha sido implacable. Emprendida ayer por quienes nos
antecedieron en esas lides, y hoy nosotros como heredamos en la presente lucha
en la contemporaneidad.
Estos
reclamos no están anclados en una malcriadez diplomática o un empecinamiento
sin asidero; por el contrario, estamos munidos de documentos que muestran,
demuestran y comprueban que la denominada Guayana Esequiba, desde siempre ha
sido nuestra.
Tenemos
bastantes elementos probatorios, exhibibles en cualquier escenario
internacional, donde se pueda escrutar legítima y válidamente los registros que
avalan la propiedad de Venezuela sobre el área extendida a la margen izquierda
del río Esequibo y consecuentemente sobre su proyección atlántica.
Guyana no
posee títulos de nada sobre la Guayana Esequiba ni por descubrimiento, ni por
conquista, ni por asentamiento o tratado; ni por prescripción o por abandono
del anterior descubridor.
Contrariamente,
Venezuela enarbola, orgullosamente, el acaudalamiento de dos Justos Títulos
para probar, con plena seguridad, en la Corte que la Guayana Esequiba desde
siempre ha sido nuestra; por lo que consideramos írrito y de nulidad absoluta
el Laudo Arbitral de París, del 03 de octubre de 1899, cuyo contenido –sin
validez, eficacia ni fuerza jurídica– pretende borrar la gesta histórica de nuestros
libertadores, de la cual nos sentimos honrados los venezolanos.
Precisa y
justamente para esta controversia jurídica presentamos la Real Cédula de Carlos
III, del 08 de septiembre de 1777, cuando crea la Capitanía General de
Venezuela; con la cual nacemos ante el mundo como Nación; documento que tiene la fuerza y vigor de ser
nuestro primer Justo Título, de pleno derecho – iuris et de iure –, prueba
constituyente directa; dado que , significa el basamento y génesis de nuestra
territorialidad; incluyendo, por supuesto, la provincia de Guayana ( que
incluye la Guayana Esequiba) que había sido fundada en 1532.
Prestemos
atención desde cuándo esa extensión territorial ha sido nuestra.
Antes de 1777
éramos unas provincias aisladas, inconexas y desarticuladas unas con otras:
Provincia de Maracaibo, Provincia de Caracas, Provincia de Nueva Andalucía (lo
que ahora corresponde a los estados Anzoátegui, Monagas y Sucre); la Provincia
de Margarita, la Provincia de Trinidad (que también era nuestra); la Provincia
de Guayana (los estados Amazonas, Bolívar, Delta Amacuro y la Guayana Esequiba,
hasta la mitad del río Esequibo).
Al
Consolidase esa inmensa extensión territorial, como Capitanía General, mediante
una Real Cédula, se crea la nacionalidad venezolana. Así nacemos en el
concierto internacional de otras naciones del mundo.
La Capitanía
General de Venezuela consolida nuestra estructura política-administrativa.
La Capitanía
General de Venezuela cumple 248 años de haberse formalizado e institucionalizado.
Agreguemos
como otro denso acervo probatorio irrefutable (incontrovertible), que nos
respalda, el total reconocimiento de nuestra independencia, contemplada en el “Tratado de Paz y Amistad entre España y
Venezuela”, suscrito el 30 de marzo de 1845:
“Yo, Su Majestad Isabel II, Reina de España
usando de la facultad que me compete por decreto de las Cortes generales del
Reino de 4 de diciembre de 1836, renuncio por sí, mis herederos y sucesores, la
soberanía, derechos y acciones que me corresponde sobre el territorio
americano, conocido bajo el antiguo nombre de Capitanía General de Venezuela,
hoy República de Venezuela. A consecuencia de esta renuncia y cesión, S.M.C.
reconoce como Nación libre, soberana e independiente a la República de
Venezuela…” (Omissis)
Por todo lo
anteriormente explicitado, ciertamente, presentamos desacuerdos de intereses y
seria contención; porque, Guyana ha irrespetado el contenido esencial del
Acuerdo de Ginebra de 1966 que limita a las partes en controversia, por la
denominada Zona en Reclamación, a atribuirse soberanía y/o explotar
unilateralmente los recursos que en esa área se encuentran, hasta que haya una
decisión sentencial que esperamos para los próximos meses.
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