¿Qué nos espera en la Corte?
Dr. Abraham Gómez R.
Miembro de la Academia venezolana de la Lengua
Suficientemente es sabido que mediante providencia, de fecha 19 de junio
de este año, La Corte Internacional de Justicia (CIJ) convocó, para actos por separados,
a las delegaciones o coagentes de Venezuela y Guyana; configuradas ambas
naciones como Partes en litigio en la controversia sostenida por la Guayana Esequiba.
Para el día lunes 19 de noviembre de 2018, corresponde
comparecer a la representación de la excolonia británica para que exponga, con
carácter de ratificación los alegatos de su demanda.
Tal solicitud de interposición de acciones contra nuestro
país la conocemos; por cuanto la hemos leído con precisión, analizado y
estudiado académicamente; cuyo contenido se resume de la manera siguiente: ellos
insistirán en pedirle a la CIJ que confirme la validez legal y efecto
vinculante del Laudo Arbitral de París, dictado el 3 de octubre de 1899;
documento que siempre ha sido considerado por Venezuela como írrito y nulo; dos
adjetivaciones calificativas, adosadas desde sus orígenes.
Guyana volverá a pedir en su Pretensión Procesal que la CIJ
ratifique que el citado Laudo constituyó una “liquidación completa, perfecta y
definitiva” de todas las cuestiones relacionadas con la determinación
fronteriza. En otras palabras, aspiran que el Alto Tribunal de La Haya
sentencie como cosa juzgada con base a los hechos que narra en su escrito el
gobierno guyanés, interesada y a su conveniencia.
Los gobiernos guyaneses, desde Burnham hasta el actual de
Granger, en la obsesiva búsqueda de soberanía sobre los 159.500 Km2, una séptima
parte de la extensión geográfica venezolana, que vilmente nos arrebataron,
están pidiendo en esta ocasión por ante la CIJ que nuestra Fuerza Armada se retire
inmediatamente de la mitad oriental de la Isla de Anacoco; así también
que Venezuela se abstenga de amenazar o usar la fuerza contra cualquier persona
o empresa autorizada por Guyana para participar en actividades económicas o
comerciales en la Zona en Reclamación.
En casi todas las conferencias que dictamos en las
universidades y otros organismos del país o a través de la Red y los medios de
comunicación se nos hace la misma pregunta, ¿Por qué estamos obligados a
debatir por ante la Corte Internacional de Justicia?; y la respuesta que ofrecemos
resulta invariable: porque exactamente, ha sido esa la estrategia jurídica que
ha jugado Guyana. Sus asesores les han recomendado que se mantengan en ese
escenario para procurar una sentencia rápida y sin más dilaciones que les
favorezca; agréguese allí una “ayudita” de algunos otros entes, caso de la Commonwealth
y Caricom.
Ellos nunca han querido
la figura del Buen oficiante para que resuelva este caso con su
mediación. Además se nos informa que continúan
incrementándose las sumas dinerarias aportadas por las empresas transnacionales
con marcado interés de exploración y explotación de la multiplicidad de
recursos que hay en la zona. La compañía Exxon es la encargada de realizar las
recaudaciones y entregarlas al gobierno para cancelar los honorarios y “otros gastos”
que ocasione este asunto litigioso.
Hasta ahora nadie nos ha explicado las razones por las cuales
le estuvimos sacando el cuerpo a la alternativa de Arreglo Jurídico, que
contempla el Acuerdo de Ginebra y la Carta de las Naciones Unidas, para dirimir
esta controversia de modo pacífico.
Exactamente el 18 de abril del próximo año, le corresponderá
a la delegación venezolana presentarse en la CIJ para consignar el memorial de
contestación de la citada demanda guyanesa.
Había una cierta incertidumbre y dilema, por parte de la
cancillería venezolana, entre invocar la No Comparecencia en el juicio, o
decidir por el reconocimiento de la jurisdicción y competencia de la CIJ;
figura jurídica, esta última, que recibe la denominación de Forum Prorogatum en
el Derecho Internacional Público.
En sentido estrictamente verdadero, no debemos abrigar ningún
temor, porque poseemos todos los elementos probatorios: socio-históricos,
cartográficos, políticos y jurídicos, los cuales nos avalan, asisten y
respaldan satisfactoriamente; y conforman un legajo de documentos importantes
para exponerlos cuando corresponda en la Corte Internacional de Justicia.
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