Guayana
Esequiba: ¿Qué nos asiste para comparecer a la fase de pruebas?
Dr. Abraham
Gómez R.
Miembro de la Academia Venezolana de
la Lengua
Presidente del Observatorio Regional
de Educación Universitaria (OBREU)
Asesor de la Fundación Venezuela
Esequiba
Miembro del Instituto de Estudios
Fronterizos de Venezuela
En el asunto
controversial, suficientemente conocido, la contraparte sabe que somos
poseedores de los documentos que nos acreditan el dominio absoluto sobre la
extensión territorial que han venido ocupando y usufructuando ilegal e
ilegítimamente.
Aunque
algunos sujetos internacionales y países (hasta ayer amigos de Venezuela) se
pronuncien en respaldo a Guyana --por marcados intereses económicos, sin
dudas-- nuestra contención siempre ha tenido suficiente asidero jurídico,
cartográfico e histórico; y la entereza moral de saber que no estamos
cometiendo ningún acto de deshonestidad contra nadie.
A propósito
del presente pleito centenario que sostenemos por el arrebato que nos
perpetraron por el costado este; durante las últimas cuatro décadas he tenido
la posibilidad de intercambiar opiniones con muchísimos sectores, sobre cómo
seguir encarando este caso litigioso, que ya se encuentra – precisamente- a
nivel de la Corte Internacional de Justicia, donde se dirimirá en sus distintos
trayectos procesales.
Por cierto,
la delegación de Venezuela debe comparecer el 11 de agosto del presente año,
con la finalidad de exponer y consignar nuestra respectiva dúplica, en tanto en
cuanto acervo de probanza en el juicio que cursa.
En los distintos
eventos desarrollados -sobre todo durante el año que acaba de concluir- en varias
universidades del país; a través de los medios de comunicación social, en las
plataformas digitales; por intermedio de video-conferencias y eventos
presenciales; asimismo, visitando los propios espacios fronterizos y en las
redes sociales conseguimos y escuchamos de todo.
Me permito
resumir, señaladamente, que hay un denso bastión de compatriotas que conforman
una interesante masa opinática; quienes a cada instante afilan con osadía
y agudeza sus criterios al respecto, y
publican las propuestas que ellos consideran justas para resolver la
controversia; y en espera de la más acertada determinación que pueda tomar el jefe
de Estado, para beneficio de nuestro país.
Nos preguntan
con insistencia por qué tiene que ser de esa manera.
Lo hemos
respondido bastantes veces.
La última
palabra de la próxima asistencia o no comparecencia de nuestra delegación ante
la Sala Juzgadora la dicta el jefe de Estado; porque es materia de su exclusiva
reserva constitucional, conforme al artículo 236 de nuestra Carta Magna.
Con todos los
especialistas en este altercado interestatal --con quienes hemos cruzado ideas
de los probables acontecimientos subsiguientes-- coincidimos en señalar que hay
que reflexionar “en frío” la posible
comparecencia de Venezuela ante la Corte.
Hay que dejarse de “actitudes retrecheras o soberbias”.
Los delegados
del oficialismo, responsabilizados para este delicado caso litigioso, hoy más
que nunca, deben obligarse (y abrirse) a consultar a expertos y estudiosos para
concordar la más idónea y conveniente posición que asumirá el Estado
venezolano; porque, estamos conscientes que obligantemente debe sostenerse, y llevarse
este caso, como un Asunto de Estado y no como acto de gobierno
Por lo
pronto, se nos ocurre que podemos jugar, simultáneamente, en dos tableros: Pendientes
para dar respuestas oportunas y contundes por las incursiones armadas y por las
operaciones de las empresas transnacionales en nuestra extensión atlántica; al
mismo tiempo, prepararnos para las fases de prueba y alegaciones con nuestros
irrebatibles Justos Títulos traslaticios.
¡Claro que lo podemos hacer ¡.
Los reclamos
de restitución que hemos sostenido, desde hace más de un siglo, no están
anclados en una malcriadez diplomática o en algún capricho nacional y menos en
empecinamientos injustificados.
Estamos obligados y dispuestos
–razonablemente—a repensar y a analizar (una y muchas veces) cómo rediseñar las mejores estrategias a que haya
lugar para que se cumplan los objetivos de reivindicación venezolanista por
parte del Cuerpo Jurisdicente.
Como quedó
dicho, el 11 de agosto de 2025 será propicia la ocasión para presentar nuestras
pruebas. Debemos partir y basamentarnos en el Acuerdo de Ginebra del 17 de
febrero de 1966, único documento con pleno vigor jurídico en el cual se rechaza
la causa inexistente e inválida que ha utilizado Guyana para pedir en su
escrito; donde reposiciona – con trampa procesal- el írrito y nulo de nulidad absoluta
Laudo Arbitral de París de 1899.
La Estrategia
siguiente de nuestra parte consistirá en
mostrar y demostrar ante el honorable
jurado que estamos asistidos por la Real
Cédula de Carlos III, del 8 de septiembre de 1777, con la cual se crea la
Capitanía General de Venezuela; donde se establece taxativamente que la
extensión territorial que nos corresponde, desde esa fecha, por el costado este
abarca hasta la mitad del río Esequibo; del mismo modo, exponer la ratificación
que de tal hecho se suscribió en el “Tratado de Paz y Amistad entre España y
Venezuela” el 30 de marzo de 1845, cuando España nos reconoce la Independencia.
Añádase a lo
anterior el denominado “Tratado de
partición por cuencas” de 1859, entre Brasil y Venezuela. Y obviamente,
explayaremos, como prueba, toda la fortaleza cartográfica que nos respalda
desde el primer mapeado de Juan de la Cruz Cano y Olmedilla, de 1775.
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