Guayana Esequiba: ¿nos amenazan con
las audiencias orales?
Dr. Abraham Gómez R.
Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua
abrahamgom@gmail.com
Quienes hemos venido estudiando, en todos sus detalles, la
contención que sostenemos por la Guayana Esequiba, y lo propio en la opinión pública nacional, que se ha
mantenido expectante sobre el particular, fuimos sorprendidos por la
determinación que acaba de tomar la Corte Internacional de Justicia (CIJ).
Este Tribunal ha enviado sendas comunicaciones a los coagentes
de las Partes en contención, Venezuela y Guyana, donde indican que se procederá
entre el 23 y el 27 de marzo del venidero año 2020, a la celebración de las
audiencias orales; con la finalidad de dirimir el caso por la vía del Arreglo
Judicial, en tanto opción pautada en el artículo 33 de la Carta de las Naciones
Unidas.
Hagamos una brevísima retrospectiva: en el preciso momento
cuando este Alto Tribunal de la Haya admitió la demanda incoada por Guyana
contra nuestro país, con su abultada Pretensión Procesal. ¿Qué hizo la parte
nuestra, al respecto? La delegación de la cancillería venezolana asistió, una
vez que se dio por citada, para consignar el memorial de la contestación. Acto aprovechado para invocar, ante ese
Tribunal, el Principio doctrinal de la No Comparecencia; el mismo que ha sido plenamente
reconocido en el Derecho Internacional Público.
Sin embargo, el asunto ha trascendido bastante. Por ejemplo,
se acaba de generar un amplio pronunciamiento de la Commonwealth favorable a Guyana.
Por lo pronto, qué debemos hacer: Insistir, de muchas
maneras, en que estamos obligados, como venezolanos, a concitar inteligentes
estrategias para seguir enfrentando este
complejo asunto litigioso ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ).
Leímos en un comunicado del gobierno guyanés que ellos acogen
con beneplácito la reciente medida de la CIJ, llamando a audiencias orales,
para el próximo año. Contundentemente decimos que Venezuela no está obligada a asistir a tal
evento, de lo que parece la formalidad para el inicio de un juicio. Por qué
debe desacatar estas instrucciones de la CIJ. Por cuanto hemos dejado sentada
nuestra opción de la No Comparecencia. Visto así, las audiencias orales no
tienen porqué atemorizarnos.
Resalta el hecho con demasiada suspicacia, de que el gobierno
de Guyanés se muestre esperanzado que tal vez están próximos a “una decisión
final y vinculante que resuelva esta controversia. Que permita a Guyana y
Venezuela desarrollar relaciones como Estados vecinos”. Pareciera que hay
urdida una rara tratativa por debajo de la mesa.
Ubiquemos contextualmente
la que ha sido, hasta hoy, la posición venezolana: el 18 de abril de este año,
delegados de nuestra cancillería fueron recibidos en el despacho del honorable
Abdulqawi Ahmed Yusuf, presidente de la Corte Internacional de Justicia. En esa
oportunidad se le hizo saber que nuestro país no acepta la competencia de ese
tribunal para discernir y menos sentenciar sobre la controversia que sostenemos
por la Guayana Esequiba, con la excolonia británica. Dejamos claro, ante el
mundo, que no asumimos la mencionada posición por terquedad diplomática.
Es suficientemente conocido que conforme al Derecho
Internacional Público, Venezuela podía optar por la No comparecencia o el Fórum
Prorogatum.
Nuestra delegación categorizó en el Memorial de Contestación
de la demanda que la CIJ no posee la cualidad jurisdiccional para sentenciar en
este litigio.
La otra alternativa que teníamos era el
Forum Prorogatum, el cual rechazamos. Admitir el Forum Prorogatum, era asumir como
buenos y propios los actos y demás procedimientos de la CIJ; incluidas las
audiencias orales.
En consecuencia, nos resulta sorprendente y capciosa la
determinación de la Corte Internacional de Justicia, de citar a las Partes para
Audiencias Orales; con lo cual prácticamente nos tiende una celada.
Parece que la CIJ pretende decidir sobre el fondo del litigio
sin conocer, primero, su competencia jurisdiccional, conforme lo consagran sus propios
Estatutos ( artículos 36 y 37); así también, sospechamos que llevan la
intención de sentenciar en nuestra
ausencia.
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