Guayana
Esequiba: estado Piar, según la acertada propuesta de Espinal
Dr. Abraham Gómez R.
Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua
Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV)
Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba
La vocación natural de cualquier región del mundo que viva bajo la
condición de colonia viene signada para alcanzar su emancipación. Algunas veces
se logra rápido y de manera determinante quitarse tales yugos. En otros casos,
las circunstancias para gloriar la grandeza de la libertad se vuelven enrevesadas,
escabrosas y cuesto mucho dolor patrio.
Todos conocemos que para alcanzar la independencia de Venezuela hubo que librar
cruentos combates; sufrir vilezas y traiciones; padecer rigores, penurias y
necesidades hasta que se produjo la Batalla de Carabobo (1821) y el combate
Naval del Lago de Maracaibo (1823); sin embargo, en verdad, no fue sino hasta el 30 de enero de
1845 cuando el reino de España -mediante tratado- confiere el reconocimiento a
Venezuela como Estado independiente; no obstante, reafirmamos como tantas veces
ha invocado, el insigne jurista carupanero, Dr. Cesáreo Espinal Vásquez, que nuestra
independencia la logramos en las campañas militares con durísimas enfrentamientos; y no mediante arreglos, convenios o tratados
de descolonización. Peleamos por nuestra libertad.
Me ha honrado el Dr. Espinal, al
encomendarme la misión de abrir el pórtico y dar entrada a su nuevo
libro. Me cabe la satisfacción y honor de haberme dado la oportunidad de
inspirarme para redactar un merecido prólogo.
La valiosa entrega escritural para en esta ocasión, denominada “Esequibo:
estado Carlos Manuel Piar” (ediciones Espinal. Caracas 2020), comporta un enjundioso
estudio, exigentemente documentado y muy digno de su ya proverbial
inteligencia.
Recibe el público lector
un aporte reciente, generado de su fértil dedicación –digamos, un trabajo
indagatorio— como ha sido la distinguida característica de sus entregas académicas:
abnegadas, serias y admirables; en cuyo contenido apreciamos, luego de un denso
y provechoso recorrido socio histórico hecho por el autor en estricto sentido
didáctico, un ferviente entusiasmo con su objetiva propuesta para la creación del estado Manuel Carlos Piar, en la
extensión territorial de nuestra Guayana Esequiba.
Completamente
asimilable, en perspectiva, el Esequibo como el estado Manuel Calos Piar. Una
idea elogiable para reivindicar, por una parte, al insigne prócer de la Batalla
de San Félix y, por la otra, sabiéndonos poseedores del Justo Título que
atesoramos, por ser causahabientes de España.
El Dr. Espinal Vásquez,
en su condición de jurista reconocido e incansable investigador social de nuestra geografía humana, nos ha enseñado
permanentemente, que los fenómenos fronterizos son realidades jurídicas; porque,
la condición limítrofe así lo impone, ciertamente; no obstante, deja en claro
la severa advertencia: “debe ser obligante considerar y añadir la
dimensión de la gente, las realidades socio-económicas, culturales, éticas,
estéticas; generado, todo ello, a partir
de la interactividad que mantienen los habitantes de los citados espacios que siempre han sido venezolanos”.
El admirado Dr.
Cesáreo Espinal Vásquez, con su otra tesis inmarcesible y ya famosa del “Bien
Común”, ha marcado, la ruta—eo ipso—de lo que más conviene a nuestros espacios societales.
Muestra de lo dicho, con idéntica motivación, nos la presenta en un texto anterior,
en el cual, apenas con un extracto, nos hace la referencia a partir de la siguiente
aseveración:
“la justocracia no es la búsqueda de una
tercera vía, sino por el contrario es la única vía para vivir en una sociedad
justa. La justocracia aboga como fundamentos de sus fines, la conciliación, que
es la mediación entre personas, organizaciones, sistemas políticos y ente la
nación para la solución pacífica de conflictos...”. (Justocracia, poder de lo
justo. Ediciones Espinal. Caracas 2011)
El Dr. Espinal Vásquez
nos pide que insistamos -en nuestras conferencias por las universidades del
país-- en dar a conocer la diferencia conceptual estructural entre lo que es límite
y frontera. Precisamente, ha sido nuestra prédica. Exponer que el límite debe
entenderse como una entidad jurídica abstracta y de origen político, convenido
y visualizado en forma lineal; mientras que la frontera se comprende y asimila
al espacio de anchura variable donde convergen seres humanos con potencial de integración,
que crea un modo de vida común con sentido dinámico y vital.
Justamente la esencia de su texto; vale decir,
su reconocida propuesta del estado Manuel Carlos Piar: la reconfiguración
política-administrativa, para la incorporación de la naciente entidad en el
concierto de los demás estados federalizados de Venezuela. Dicho ad litteram: “para que el estado Manuel Carlos Piar sea y
asuma pronto esa séptima parte de nuestra extensión territorial, de la que nos
despojaron y que hemos estado reclamando, hace más de cien años, con suficiente
fortaleza y asidero jurídico”.
Ante algunos
escenarios académicos, me he permitido argumentar, a propósito del centenario
litigio, en que no basta lo declarativo atinente al marco geográfico que con
certeza recuperaremos en la Corte Internacional de Justicia; también debemos
darle consistencia a la vinculación solidaria venezolanista para trenzarnos en
familiaridad con los Esequibanos.
En esta contención por
la Guayana Esequiba, estamos munidos de razones y justos títulos para exhibir en
el ámbito internacional. Además, resultan valederos todos los enjundiosos
aportes que ha hecho –como su particular legado al país-- el Dr. Espinal
Vásquez, fuentes documentativas que en sí mismas constituyen elementos probatorios.
Es posible que nos
declaremos voceros legítimos ante el mundo que pronto
veremos nacer el estado Manuel Carlos Piar; no solo en lo que corresponde al espacio
territorial y su proyección atlántica, como ha sido recogida jurídicamente
expletiva en su propuesta; sino también por su demografía, en/por su riquísimo mestizaje.
Venezuela se
sentirá supremamente orgullosa cuando alcancemos
la materialización de la idea recogida en este texto; que hace su aparición
para quien desee disfrutar de una lectura pedagógica.
Ha expuesto el Dr.
Espinal Vásquez, como autocrítica, que siempre nos ha parecido que caen en una
seria contradicción quienes se dicen defensores de la Guayana Esequiba, pero nunca
hablan de la considerable población que ocupa ese territorio.
En mi caso --por
propia experiencia-- particularmente puedo testimoniar que en la Guayana Esequiba
existen ciudades, pueblos, comunidades y otros asentamientos humanos, donde se aprecian
interesantísimos cruces étnicos y de clases sociales, cuyo registro censal más
reciente arroja una cifra que sobrepasa las 200.000 personas, que incluye a los
Waiwai, Makushi, Arawakos, Akawayos, Saraos, Patamonas, Caribes, Wapashi. Una
población considerable de afro e indodescendientes, amerindios, asiáticos,
portugueses, etc. Una importante etnicidad amalgamada.
La mencionada geografía
humana, que convive en ese territorio, debe llamar la atención y la
preocupación de quienes ejecutan políticas públicas, por parte del Estado
Venezolano, con la finalidad de corresponderles debidamente y como se merecen,
en todas las áreas pertinentes para su subsistencia: cedulación, salud,
educación, servicios públicos, turismo, deportes, cultura, apoyo a la producción;
en fin, todo cuanto sea necesario para vincularlos con nuestra venezolanidad,
que igualitariamente les corresponde a
ellos.
A propósito de la
situación actual de la controversia internacional que sostenemos con la
excolonia británica, la posición enfática del autor de este texto no se hace
esperar:
” si bien la Corte Internacional de Justicia tiene jurisdicción lo
contencioso de la reclamación de Venezuela, no tiene competencia para conocer
de mediaciones sino es por consenso previo de las partes y es así, igualmente,
que nuestro país, no tiene que ir a “litis” contra la República Cooperativa de
Guyana, en aplicación del principio jurídico internacional “iuris et de iure”
de plena prueba y no de presunciones en virtud de que el derecho nace del mismo
derecho, no admite prueba en contrario, es decir, no tengo que probar lo que es
de Venezuela, sino Guyana probar que es suyo ese territorio, del que no tiene
asidero histórico ni jurídico”.
Con fundamentación en
todo lo expuesto, el citado autor de esta obra –para la cual con satisfacción
he escrito el prólogo-- nos señala que: “le
corresponderá a Venezuela, más temprano que tarde, crear el estado General en
Jefe Carlos Manuel Piar; decretar otra estrella de la República, otorgar
nacionalidad a los habitantes en ese territorio, impedir y solicitar el cese de
las concesiones, todo ello, dentro del ámbito de derecho internacional y de la
Carta de las Naciones Unidas”.
Digamos, entonces, que
tenemos una tarea prioritaria --para ir
echando las bases idóneas al venidero estado Manuel Carlos Piar-- el hecho de comenzar a enlazarnos emocionalmente como compatriotas
con esos grupos humanos, tan venezolanos como cualquiera de nosotros.
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