Guayana
Esequiba: aspiramos a una sentencia fundada en legítimos pronunciamientos
fácticos y en el derecho aplicable.
Dr. Abraham
Gómez R.
Miembro de la Academia Venezolana de
la Lengua
Asesor de la Fundación Venezuela
Esequiba
Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos
de Venezuela
Asesor de la Comisión por el Esequibo
y la Soberanía Territorial
Asesor de la ONG Mi Mapa
Comencemos con una gruesa pregunta
que la contraparte en el presente litigio no ha podido ni contestar ni
dilucidar.
Cada vez que se tropiezan con una interrogante
de este calibre les cuesta metabolizarla.
¿Sobre qué elemento obligacional o
compromisorio la excolonia británica ha deducido la Causa de pedir en el juicio?
Interpelación que los
ha venido inquietando, cuando se percataron de que Venezuela iba en serio y con
todo, en procura de justicia por ante la Sala Juzgadora de las Naciones Unidas.
No es que sea anulable es que es nulo de
nulidad absoluta.
Una breve narrativa de nuestros
enunciados de legítimos hechos en este
caso señalan que, frente a tamaño fraude procesal, nosotros, con suficiente
entereza, podemos concluir fáctica y
jurídicamente --sometibles a cualquiera acreditación-- que cuando se negoció, suscribió y ratificó el Acuerdo de Ginebra el 17 de
febrero de 1966, por la representación
del Reino Unido (Sr. Stewart); así también admitido por el Sr. Forbes Burnham
(para entonces, primer ministro de la Guayana Británica) y por nuestro país
el excelso canciller Ignacio Iribarren
Borges; en ese preciso instante y mediante
tan importante acto quedó
sepultado –por saecula saeculorum— el laudo tramposo, gestado mediante
una tratativa perversa en contra de los históricos derechos de Venezuela sobre la disputada extensión territorial de 159.500 km2.
Los honorables magistrados del Alto
Tribunal de La Haya ya tienen la debida información de que hasta este momento-
al día de hoy- Guyana no ha presentado la
más mínima acreditación que avale su petición ante la Corte.
Para decirlo coloquial y directamente,
no poseen “partida de nacimiento” que les confiera fidelidad jurídica e histórica
de absolutamente nada.
¿Qué derecho aplicable piden que les
sea tutelado y reconocido? No tienen.
Una vez que se conozca la sentencia,
ajustada a derecho, quedarán retratados ante el mundo como causahabientes de
una perversión perpetrada por el arrogante Imperio Inglés, cuando nos despojó,
con vileza, hace más de un siglo, de una séptima parte de nuestra heredada
extensión territorial, a partir de la creación de la Capitanía General de
Venezuela, el 08 de septiembre de 1777, por Real Cédula de Carlos III.
Documento que conservamos a buen
resguardo, como principal recurso de nuestro acervo de probanza.
De tal manera que no hay ninguna posibilidad
de que la excolonia británica pueda salir airosa en este pelito, que ellos
llevaron a la Corte, unilateralmente, para arreglo judicial.
Hemos hecho las advertencias
correspondientes en cuanto a las estrategias comunicacionales de la
contraparte.
Veamos. Algunos voceros guyaneses
han dicho—en todos los escenarios internacionales donde se han presentado-- que
si Venezuela gana les estaría quitando dos terceras partes de su territorio;
que los dejaría prácticamente infuncionales.
Nosotros no le estamos quitando nada
a Guyana; estamos reclamando que se haga justicia.
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