Guayana
Esequiba: ¿Buena fe en el procedimiento de solución o desconcertante
ingenuidad?
Dr. Abraham
Gómez R.
Miembro de la Academia Venezolana de
la Lengua
Asesor de la Comisión de Defensa del
Esequibo y la Soberanía Territorial
Miembro del Instituto de Estudios
Fronterizos de Venezuela (IDEFV)
Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba
La extensión
territorial que nos desgajaron, y que en la actualidad se dirime por ante la
Corte Internacional de justicia en espera de un pronunciamiento previo de la
Excepción Preliminar introducida por nosotros, permanentemente ha constituido
un apetecible espacio geoestratégico por su ubicación y por sus incalculables
riquezas mineras, hídricas, forestales, energéticas, edafológicas, petroleras
etc. Ámbito muchísimo más grande que algunos países europeos, asiáticos y
centroamericanos.
Diferencialmente a lo
que ha venido exponiendo la contraparte --en distintos escenarios
internacionales-- La Excepción Preliminar que está a punto de decidirse en la
Sala Jurisdicente de la ONU no es un invento fortuito de Venezuela o desenlace
sobrevenido para dilatar la resolución jurisdiccional de la controversia.
Dicho lo anterior, manifestamos
al país – claramente-- la siguiente advertencia: el Proceso (o juicio como tal)
no se ha paralizado. Lo que logramos, con la Excepción Preliminar, es que la
contraparte justifique previamente ante la Corte, entre otros aspectos, en qué
elementos basó la Acción interpuesta contra nosotros. No tienen con qué.
Nosotros estamos
convencidos que en estricto derecho debe
ser declarada inadmitida la señalada manifestación de voluntad guyanesa contra Venezuela.
En justicia así lo espera todo nuestro país.
Nos encontramos
expectantes, primero esperando la desestimación de la demanda, para estructurar
y proceder de inmediato con una expedita estrategia de solución “práctica y
satisfactoria”, conforme al contenido y alcance del Acuerdo de Ginebra del 17
de febrero de 1966. Único documento base, insoslayable, sobre el que deben plantearse
las probabilidades jurisdiccionales.
Estamos contestes –
porque nos lo preguntan con insistencia-- que si en el espacio terrestre de la
Zona del Esequibo ha habido una severa contención e “inacabable” controversia;
la situación siempre ha estado complicada — tal vez mucho más– por el Mar
Territorial, Zona Contigua, Zona Económica Exclusiva y su extendida Plataforma
continental. También habrá solución en nuestra proyección atlántica.
Esa inmensidad de
territorio discutido constituye un extraordinario potencial de desarrollo
sostenible. Lo vamos a reivindicar y será restituido a Venezuela.
Esa extensión geográfica
nos la arrebataron. Fuimos vilmente despojados de esa séptima parte con el
denominado “Laudo Arbitral de París del
o3 de octubre de 1899”; adefesio jurídico que desde entonces hemos
calificado de írrito y nulo, de nulidad absoluta. Inexistente y forcluído.
Cuando leemos y analizamos
el párrafo siguiente, de las conclusiones de la recién celebrada, cuadragésima
cuarta asamblea de la Comunidad del Caribe (CARICOM), Bahamas, 17 de febrero de
2023:
”… Los Jefes de Gobierno fueron actualizados
sobre el caso que se encuentra ante la Corte Internacional de Justicia para la
solución de la controversia entre Guyana y Venezuela…Los Jefes de Gobierno
reiteraron su pleno apoyo al proceso judicial en curso y alentaron la plena
participación de Venezuela en el proceso. Los Jefes de Gobierno reafirmaron su
firme e inquebrantable apoyo al mantenimiento y preservación de la soberanía e
integridad territorial de Guyana…”
Nótese que es la fecha,
precisamente, cuando se cumple el (57) aniversario de la firma y puesta en
vigor jurídico el Acuerdo de Ginebra. Colegimos, entonces, que la excolonia
británica y sus acompañantes no asoman la menor posibilidad de zanjar de buena
fe el pleito interestatal que nos ocupa.
Determinantemente
expresamos y dejamos sentado para esos países, participantes de la citada
reunión regional y suscribientes del comunicado; como además para el resto del
mundo, que no estamos haciendo otra cosa sino defendernos, con la fuerza que
nos proporciona el derecho, de la vil maniobra perpetrada contra nosotros hace
más de un siglo.
Nuestra contención
tiene suficiente validez y eficacia
jurídica (sustentada en justos títulos traslaticios); con muy buenas
fuentes, en cuanto pruebas cartográficas e históricas; además, la
fortaleza moral de saber que no estamos cometiendo ningún acto de deshonestidad
contra nadie. Tampoco nos vamos a dejar atropellar o amedrentar.
Sin pecar de ingenuos (porque
sabemos lo que está en juego y lo que se mueve) estamos librando una batalla, --
con legítimos actos procesales – contra la más descarada e inmerecida emboscada jurídica urdida el día 29 de marzo
del año 2018; cuando Guyana interpuso
acciones contra la República Bolivariana de Venezuela. Increíblemente contra
nosotros, quienes siempre hemos querido mantener un clima de paz y
entendimiento de buena vecindad; al tiempo de intentar todas las diligencias
pertinentes para buscarle una solución al conflicto arrastrado. Digamos un
arreglo que sea convenido entre ambos países; dentro del Acuerdo de Ginebra,
documento que nos mandata para esos propósitos; que impone en su artículo
primero:
“Se establece una Comisión Mixta con el encargo de buscar soluciones
satisfactorias para el arreglo práctico de la controversia entre Venezuela y
el Reino Unido surgida como consecuencia de la contención venezolana de que
el Laudo arbitral de 1899 sobre la frontera entre Venezuela y Guayana Británica
es nulo e irrito”. (subrayado mío para resaltar los concernidos—inexorables--
en el pleito)
Argumentación aceptada
por los suscribientes del Acuerdo de Ginebra, plenamente vigente. Consideración
irrefragable bastante más explícita lo conseguimos en el artículo V:
“Con el
fin de facilitar la mayor medida posible de cooperación y mutuo entendimiento,
nada de lo contenido en este Acuerdo será interpretado como una renuncia o disminución
por parte de Venezuela, el Reino Unido o la Guayana Británica de
cualesquiera bases de reclamación de soberanía territorial en los Territorios
de Venezuela o Guayana Británica o de cualesquiera derechos que se hubiesen
hecho valer previamente, o de reclamaciones de tal soberanía territorial o como
prejuzgando su posición con respecto a su reconocimiento o no reconocimiento de
un derecho a, reclamo o base de reclamo por cualquiera de ellos sobre tal soberanía
territorial.
Ningún
acto o actividad que se lleve a cabo mientras se halle en vigencia este Acuerdo
constituirá fundamento para hacer valer, apoyar o negar una reclamación de soberanía
territorial en los Territorios de Venezuela o la Guayana Británica, ni
para crear derechos de soberanía en dichos Territorios…” (subrayado
mío para que se observe la intromisión imprudente de la CARICOM, ya comentada)
Se ha Dicho que el
Acuerdo de Ginebra permitió a los británicos “lavarse las manos”, y dejar a
Venezuela que se las entendiera sola con Guyana en esta controversia. Eso no es
cierto; por cuanto, el Reino Unido se comprometió, señaladamente en las
negociaciones previas de sus representantes y como firmante del Acuerdo a
permanecer en esta lid, para contribuir a alcanzar una conclusión
satisfactoria.
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